Diario Oficial de la Federación de 02/10/2013 (Contenido completo)

Tomo DCCXXI No. 2 México, D.F., miércoles 2 de octubre de 2013
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Instituto Federal Electoral
Avisos
Indice en página 126
$28.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 2 de octubre de 2013
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Desastre Natural por la ocurrencia de lluvia severa del 19 al 21 de septiembre de 2013,
provocada por el ciclón tropical “Manuel”, en el Municipio de Hidalgo del Parral del Estado de Chihuahua.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 27 fracción XXXII, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 2 fracciones XVI y XXI, 7 fracción IV, 19 fracción XI, 21, 58, 60, 61, 62, 63 y
74 de la Ley General de Protección Civil; 59 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 7, 8, 9 y
10 del “Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Natur ales” (Reglas
Generales), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010, así como el numeral 4
primer párrafo y demás relativos aplicables de los “Lineamientos de Operación específicos del Fond o de
Desastres Naturales” (Lineamientos de Operación), publicados en el referido órgano de difusión del Gobierno
Federal el día 31 de enero de 2011, y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio D.E.112-2013, de fecha 23 de septiembre de 2013, en cumplimiento al artículo 7 de
las Reglas Generales, el Gobernador del Estado de Chihuahua, Lic. César H. Duarte Jáquez, solicitó a la
Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) la corroboración del fenómeno natural perturbador que ac aeció en
esa Entidad Federativa, descrito como inundación fluvial e inundación pluvial, precisando que con la entrad a
del ciclón tropical “Manuel” se registraron lluvias severas en diversos municipios del Estado de Chihuahua, así
como en el municipio de Hidalgo del Parral. Lo anterior impactó severamente en la cuenca que atraviesa dich o
municipio, derivado principalmente de los escurrimientos que se presentaron en los cuerpos de agua que se
encuentran en un nivel más alto, lo que provocó el desbordamiento de la Presa Parral, el Río Parral y demás
afluentes de agua, esto aunado a los registros inusuales de precipitaciones que se presentaron en la Entida d,
las cuales fueron de 162 mm3, en el periodo del 19 al 21 de septiembre de 2013.
Que con oficio B00.05.05.-759, de fecha 24 de septiembre de 2013, la CONAGUA emitió su opinión
técnica en atención al oficio D.E. 112-2013, disponiendo en su parte conducente que se corrobora e l
fenómeno de Ciclón Tropical “Manuel” (lluvia severa) del 19 al 21 de sept iembre de 2013, para el municipio de
Hidalgo del Parral del Estado de Chihuahua.
Que con fecha 26 de septiembre de 2013, y con fundamento en el artículo 11 de las Reglas Generales, se
llevó a cabo la correspondiente sesión de instalación del Comité de Evaluación de Daños, en la cual el
Gobierno del Estado de Chihuahua presentó la solicitud de Declaratoria de Desastre Natural respectiva.
Con base en lo anterior, se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL POR LA OCURRENCIA DE LLUVIA
SEVERA DEL 19 AL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2013, PROVOCADA POR EL CICLÓN TROPICAL
“MANUEL”, EN EL MUNICIPIO DE HIDALGO DEL PARRAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
Artículo 1o.- Se declara como zona de desastre al municipio de Hidalgo del Parral del Estado de
Chihuahua, por la ocurrencia de lluvia severa del 19 al 21 de septiembre de 2013, provocada por el Ciclón
Tropical “Manuel”.
Artículo 2o.- La presente Declaratoria de Desastre Natural se expide para efectos de poder acceder a los
recursos del Fondo de Desastres Naturales, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Pr otección
Civil, y las Reglas Generales.
Artículo 3o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 10 de
las Reglas Generales.
México, Distrito Federal, a veintiséis de septiembre de dos mil trece.- Con fundamento en los artículos 8,
10 fracción I y 132 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (DOF.-02-IV-2013), en ausencia
del Coordinador Nacional de Protección Civil, lo firma el Director Técnico, Iván Pedroza Ramos.- Rúbrica.
Miércoles 2 de octubre de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
DECLARATORIA de Desastre Natural por la ocurrencia de inundación fluvial y pluvial (lluvia severa) del 15 al
19 de septiembre de 2013, en 11 municipios del Estado de Durango.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 27 fracción XXXII, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 2 fracciones XVI y XXI, 7 fracción IV, 19 fracción XI, 21, 58, 60, 61, 62, 63 y
74 de la Ley General de Protección Civil; 59 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 7, 8, 9
y 10 del “Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas
Generales), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010, así como el numeral 4
primer párrafo y demás relativos aplicables de los “Lineamientos de Operación específicos del Fond o de
Desastres Naturales” (Lineamientos de Operación), publicados en el referido órgano de difusión del Gobierno
Federal el día 31 de enero de 2011, y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio TPE/115/13, de fecha 20 de septiembre de 2013, en cumplimiento al artículo 7 de las
Reglas Generales, el Gobernador del Estado de Durango, C.P. Jorge Herrera Caldera, solicitó a la Comisión
Nacional del Agua (CONAGUA) la corroboración del fenómeno natural perturbador que acaeció en es a
Entidad Federativa, descrito como fuertes lluvias ocasionadas por el ciclón tropical Manuel, que provocaron
inundaciones fluviales y pluviales, en el lapso comprendido del 15 al 19 de septiembre de 2013, en los
municipios de Canatlán, Canelas, Coneto de Comonfort, Cuencamé, Durango, Gómez Palacio, Guadalupe
Victoria, Guanaceví, Hidalgo, Indé, Lerdo, Mapimí, Mezquital, Nazas, Nombre de Dios, Nuevo Ideal, Ocampo,
El Oro, Otáez, Pánuco de Coronado, Peñón Blanco, Poanas, Pueblo Nuevo, Rodeo, San Bernardo, San
Dimas, San Juan de Guadalupe, San Juan del Río, San Luis del Cordero, San Pedro del Gallo, Santa Cl ara,
Santiago Papasquiaro, General Simón Bolívar, Súchil, Tamazula, Tepehuanes, Tlahualilo, Topia y Vicente
Guerrero.
Que con oficio B00.05.05.-778, de fecha 25 de septiembre de 2013, la CONAGUA emitió su opinión
técnica en atención al oficio TPE/115/13, disponiendo en su parte conducente que se corrobora el fenómeno
de inundación fluvial y pluvial (lluvia severa) del 15 al 19 de septiembre d e 2013, para los municipios de
Canatlán, Canelas, Durango, Hidalgo, Mapimí, Otáez, San Juan de Guadalupe, Súchil, Tamazula, Topia y
Vicente Guerrero del Estado de Durango.
Que con fecha 26 de septiembre de 2013, y con fundamento en el artículo 11 de las Reglas Generales, se
llevó a cabo la correspondiente sesión de instalación del Comité de Evaluación de Daños, en la cual el
Gobierno del Estado de Durango presentó la solicitud de Declaratoria de Desastre Natural respectiva.
Con base en lo anterior, se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL POR LA OCURRENCIA DE INUNDACIÓN
FLUVIAL Y PLUVIAL (LLUVIA SEVERA) DEL 15 AL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2013,
EN 11 MUNICIPIOS DEL ESTADO DE DURANGO
Artículo 1o.- Se declara como zona de desastre a los municipios de Canatlán, Canelas, Durango, Hidalgo,
Mapimí, Otáez, San Juan de Guadalupe, Súchil, Tamazula, Topia y Vicente Guerrero del Estado de Durango,
por la ocurrencia de inundación fluvial y pluvial (lluvia severa) del 15 al 19 de septiembre de 2013.
Artículo 2o.- La presente Declaratoria de Desastre Natural se expide para efectos de poder acceder a los
recursos del Fondo de Desastres Naturales, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Pr otección
Civil, y las Reglas Generales.
Artículo 3o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 10 de
las Reglas Generales.
México, Distrito Federal, a veintiséis de septiembre de dos mil trece.- Con fundamento en los artículos 8,
10 fracción I y 132 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (DOF.-02-IV-2013), en ausencia
del Coordinador Nacional de Protección Civil, lo firma el Director Técnico, Iván Pedroza Ramos.- Rúbrica.

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