Diario Oficial de la Federación de 19/06/2013 (Contenido completo)

Tomo DCCXVII No. 14 México, D.F., miércoles 19 de junio de 2013
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas
Banco de México
Instituto Federal Electoral
Avisos
Indice en página 109
$28.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 19 de junio de 2013
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de lluvia severa ocurrida el día 7 de junio de 2013, en el
Municipio de Teuchitlán del Estado de Jalisco.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley
General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de
Gobernación; 3, fracción I del “Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de De sastres
Naturales” (Reglas Generales); y 10 del “Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo par a la Atención
de Emergencias FONDEN” (LINEAMIENTOS) y,
CONSIDERANDO
Que mediante oficio sin número, recibido con fecha 10 de junio de 2013 en la Coordinación Nacional de
Protección Civil (CNPC), el Gobernador del Estado de Jalisco, Lic. Jorge Aristóteles Sandoval, solicitó a la
Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la emisión de la Declaratoria de Emergencia para
el municipio de Teuchitlán de dicha Entidad Federativa, por la presencia del fenómeno natural de carácter
hidrometeorológico consistente en lluvias torrenciales con vientos fuertes e i nundaciones atípicas y caída de
granizo, ocurrido el día 7 de junio de 2013; esto, con el propósito de acceder a los recursos del Fo ndo para la
Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio CNPC/0705/2013, de fecha 10 de junio de 2013, la CNPC solicitó a la Comisión
Nacional de Agua (CONAGUA) su opinión técnica correspondiente para que, en su caso, la CNPC estuviera
en posibilidad de emitir la Declaratoria de Emergencia para el municipio del Estado de Jalisco solicita do en el
oficio sin número señalado en el párrafo inmediato anterior.
Que con oficio B00.05.05-317, de fecha 11 de junio de 2013, la CONAGUA emitió su opinión técnica en
atención al oficio CNPC/0705/2013, disponiendo en su parte conducente que se corrobora el fenómeno de
lluvia severa el día 7 de junio de 2013, para el municipio de Teuchitl án del Estado de Jalisco.
Que el día 11 de junio de 2013 se emitió el Boletín de Prensa número 137/13, mediante el cual se dio a
conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia al municipio de Teuchitlán del Estado
de Jalisco, afectado por la presencia de lluvia severa ocurrida el día 7 de junio de 2013, con lo que se activan los
recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria las autoridades
contarán con recursos para atender las necesidades alimenticias, de abrigo y de salud de la población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA OCURRIDA
EL DÍA 7 DE JUNIO DE 2013, EN EL MUNICIPIO DE TEUCHITLÁN DEL ESTADO DE JALISCO
Artículo 1o.- Se declara en emergencia al municipio de Teuchitlán del Estado de Jalisco, por la presencia
de lluvia severa ocurrida el día 7 de junio de 2013.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Jalisco pueda acceder a los recursos del Fondo
para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y
con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10,
fracción IV de los LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a once de junio de dos mil trece.- Con fundamento en los artículos 8, 10 fracción I
y 132 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (DOF.-02-IV-2013), en ausencia del
Coordinador Nacional de Protección Civil, lo firma el Director General para la Gestión de Riesgos, José María
Tapia Franco.- Rúbrica.
Miércoles 19 de junio de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
OFICIO mediante el cual se comunica la acreditación del señor José Antonio Abraham Xacur como
Cónsul Honorario de la República de Chipre en la ciudad de Mérida, con circunscripción consular en el
Estado de Yucatán.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones
Exteriores.- Oficinas del C. Secretario.- Dirección General de Protocolo.- Dirección General Adjunta para
Misiones Extranjeras.- Dirección de Acreditación e Inmunidades.- Oficio PRO-06705.
Asunto: CHIPRE.- Acreditación Cónsul Honorario.
Se comunica que con fecha 28 de marzo de 2013, el señor José Antonio Abraham Xacur fue acreditado
como Cónsul Honorario de la República de Chipre en la ciudad de Mérid a, con circunscripción consular en el
Estado de Yucatán.
México, D.F., a 4 de junio de 2013.- El Director General Adjunto del Ceremonial Encargado de la Dirección
General, Ministro Miguel Malfavón Andrade.- Rúbrica.
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
AVISO mediante el cual se informa de la publicación en la Normateca Interna de Pronósticos para la Asistencia
Pública de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de
Pronósticos para la Asistencia Pública.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y
Crédito Público.- Pronósticos para la Asistencia Pública.
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA DE LA PUBLICACIÓN EN LA NORMATECA INTERNA DE LA
PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA DE LAS POLÍTICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE
ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE LA PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA.
DENOMINACIÓN DE LA NORMA: POLÍTICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE LA PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA.
EMISOR: PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA.
FECHA DE LA EMISIÓN: 22 DE JUNIO DE 2012.
MATERIA CORRESPONDIENTE: RECURSOS MATERIALES.
LUGAR DE PUBLICACIÓN: NORMATECA INTERNA DE LA PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA.
FUNDAMENTO JURÍDICO POR EL QUE SE PUBLICA LA NORMA: "ACUERDO POR EL QUE SE INSTRUYE A LAS
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LA PROCURADURÍA
GENERAL DE LA REPUBLICA A ABSTENERSE DE EMITIR REGULACIÓN EN LAS MATERIAS QUE SE INDICAN".
ARTICULO 2, FRACCIÓN II, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EL 10 DE AGOSTO DE 2010.
"ACUERDO QUE MODIFICA AL DIVERSO POR EL QUE SE INSTRUYE A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE
LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPUBLICA A
ABSTENERSE DE EMITIR REGULACIÓN EN LAS MATERIAS QUE SE INDICAN PUBLICADO EL 10 DE AGOSTO DE
2010" MISMO QUE FUE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 21 DE AGOSTO DE 2012.
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA NORMA RESPECTIVA: NORMATIVIDAD INTERNA.
FIRMA DE AUTORIZACIÓN: LIC. JOSÉ MANUEL PABLO RENDÓN DE LA MATA, SUBDIRECTOR GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.- RUBRICA.

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