Diario Oficial de la Federación de 20/11/2013 (Contenido completo) Edición Vespertina

Tomo DCCXXII No. 14 México, D.F., miércoles 20 de noviembre de 2013
EDICION VESPERTINA
CONTENIDO
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos
de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014,
y se reforma el primer párrafo del artículo 2o. de
la Ley de Ingresos de la Federación para el
Ejercicio Fiscal de 2013 ........................................... 2
$12.00 EJEMPLAR
2 (Edición Vespertina) DIARIO OFICIAL Miércoles 20 de noviembre de 2013
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
DECRETO por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014, y se reforma
el primer párrafo del artículo 2o. de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A:
EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 2o. DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO
FISCAL DE 2013.
Capítulo I
De los Ingresos y el Endeudamiento Público
Artículo 1o. En el ejercicio fiscal de 2014, la Federación percibirá los ingresos proveni entes de los
conceptos y en las cantidades estimadas que a continuación se enumeran:
CONCEPTO Millones
de pesos
TOTAL 4,467,225.8
INGRESOS DEL GOBIERNO FEDERAL (1+3+4+5+6) 2,709,961.1
1. Impuestos 1,770,163.0
1. Impuestos sobre los ingresos: 1,006,376.9
01. Impuesto sobre la renta. 1,006,376.9
2. Impuestos sobre el patrimonio.
3. Impuestos sobre la producción, el consumo y las transacciones: 750,537.4
01. Impuesto al valor agregado. 609,392.5
02. Impuesto especial sobre producción y servicios: 134,441.6
01. Gasolinas, diesel para combustión automotriz: 16,483.0
01. Artículo 2o-A, fracción I. -4,283.0
02. Artículo 2o-A, fracción II. 20,766.0
02. Bebidas con contenido alcohólico y cerveza: 36,752.0
01. Bebidas alcohólicas. 11,714.2
02. Cervezas y bebidas refrescantes. 25,037.8
03. Tabacos labrados. 37,208.4
04. Juegos con apuestas y sorteos. 3,012.2
05. Redes públicas de telecomunicacio nes. 8,081.0
06. Bebidas energetizantes. 23.6
07. Bebidas saborizadas. 12,455.0
08. Alimentos no básicos con alta densidad calórica 5,600.0
09 Plaguicidas. 184.7
10 Carbono. 14,641.7
03. Impuesto sobre automóviles nuevos. 6,703.3
Miércoles 20 de noviembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Edición Vespertina) 3
4. Impuestos al comercio exterior: 26,758.6
01. Impuestos al comercio exterior: 26,758.6
01. A la importación. 26,758.6
02. A la exportación. 0.0
5. Impuestos sobre Nóminas y Asimilables.
6. Impuestos Ecológicos.
7. Accesorios: 20,562.2
01. Accesorios. 20,562.2
8. Otros impuestos: 1,501.2
01. Impuesto a los rendimientos petroleros. 1,501.2
02. Impuesto sobre servicios expresamente declarados de interés
público por ley, en los que intervengan empresas
concesionarias de bienes del dominio directo de la Nación.
0.0
9. Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos
causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o
pago.
-35,573.3
INGRESOS DE ORGANISMOS Y EMPRESAS (2+7) 1,106,786.7
2. Cuotas y aportaciones de seguridad social 228,188.0
1. Aportaciones para Fondos de Vivienda. 0.0
Aportaciones y abonos retenidos a trabajadores por patrones para el
Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
0.0
2. Cuotas para el Seguro Social. 228,188.0
01. Cuotas para el Seguro Social a cargo de patrones y
trabajadores.
228,188.0
3. Cuotas de Ahorro para el Retiro. 0.0
01.
Cuotas del Sistema de Ahorro para el Retiro a cargo de los
patrones.
0.0
4. Otras Cuotas y Aportaciones para la seguridad social: 0.0
01. Cuotas para el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado a cargo de los citados trabajadores.
0.0
02. Cuotas para el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas
Armadas Mexicanas a cargo de los militares.
0.0
5. Accesorios.
3. Contribuciones de mejoras 27.8
1. Contribución de mejoras por obras públicas: 27.8
01. Contribución de mejoras por obras públicas de infraestructura
hidráulica.
27.8
2. Contribuciones de Mejoras no comprendidas en las fracciones de la Ley
de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de
liquidación o pago.
0.0
4. Derechos 822,023.4
1. Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de
dominio público:
31,974.2
01. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 0.2
02. Secretaría de la Función Pública. 0.0
03. Secretaría de Economía. 3,552.0
04. Secretaría de Comunicaciones y Transportes. 11,26 8.1

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