Determinación del IVA trasladado del mes

AutorJosé Pérez Chavez/Raymundo Fol Olguin
Páginas141-154

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Caso 1
Planteamiento

Determinación del IVA trasladado en enero de 2016.

- La empresa realiza únicamente actos o actividades sujetos a la tasa del 16%.

- El total de los actos o actividades de enero de 2016 fue efectivamente cobrado.

Datos

- Valor de los actos o actividades de enero de 2016, sujetos a la tasa del 16% 10,000.00

Formula

1o. Para determinar el impuesto trasladado en el mes.

Valor de los actos o actividades del mes

(x) Tasa

(=) Impuesto trasladado en el mes

Sustitución

1o. Determinación del impuesto trasladado en enero de 2016.

Valor de los actos o actividades de enero de 2016 10,000.00

(x) Tasa 16%

(=) Impuesto trasladado en enero de 2016 1,600.00

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Comentarios

Esta es la forma en la que deben determinar el IVA trasladado en el mes, las personas que únicamente realicen actos o actividades sujetos a la tasa del 16%.

Es preciso señalar que en la enajenación de bienes, la prestación de servicios y en el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, el impuesto se causa en el momento en que se cobren efectivamente las contraprestaciones y sobre el monto de cada una de ellas; con respecto a esto, es preciso señalar que dependiendo del medio de pago empleado en la operación, se considera que las contraprestaciones han sido efectivamente cobradas en los momentos siguientes:

  1. Cuando el pago se realice en efectivo, en bienes o en servicios.

  2. Cuando el pago se realice con cheque, en la fecha de cobro del mismo o cuando se transmitan los cheques aun tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración.

  3. Cuando el pago se realice mediante títulos de crédito distintos del cheque, se considera que las contraprestaciones fueron efectivamente pagadas, en el momento en que se cobren dichos títulos, o bien cuando los documentos pendientes de cobro se transmitan a un tercero, excepto cuando dicha transmisión se realice en procuración.

  4. Cuando los contribuyentes reciban o acepten como medio de pago cualquiera de los siguientes:

    - Documentos o vales, respecto de los cuales un tercero asuma la obligación de pago.

    En relación con este punto, se recomienda consultar el criterio normativo del SAT 6/IVA/N Transmisión de deudas. Momento en que se considera efectivamente cobrada la contraprestación y pagado el impuesto. El texto de este criterio se puede consultar en el apéndice de esta obra.

    - Tarjetas electrónicas.

    - Cualquier otro medio que permita al usuario obtener bienes o servicios.

  5. Cuando el interés del acreedor quede satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que dan lugar a las contraprestaciones.

    Cabe aclarar que tratándose de los intereses a que se refiere el artículo 18-A de la LIVA, el impuesto se causará conforme estos se devenguen.

Referencia

Arts. 1o., 1o.-B, 11, 17 y 22.

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Caso 2
Planteamiento

Determinación del IVA trasladado en enero de 2016.

- La empresa realiza actos o actividades sujetos a las tasas del 16 y 0%.

- El total de los actos o actividades de enero de 2016 fue efectivamente cobrado.

Datos

- Valor de los actos o actividades de enero de 2016, sujetos a la tasa del 16% 30,000.00

- Valor de los actos o actividades de enero de 2016, sujetos a la tasa del 0% 25,000.00

Formulas

1o. Para determinar el impuesto trasladado en el mes por tasa.

Valor de los actos o actividades del mes

(x) Tasa

(=) Impuesto trasladado en el mes por tasa

2o. Para determinar el impuesto trasladado total del mes.

Impuesto trasladado en el mes a la tasa del 16%

(+) Impuesto trasladado en el mes a la tasa del 0%

(=) Impuesto trasladado total del mes

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Sustitución

1o. Determinación del impuesto trasladado en enero de 2016 por tasa.

  1. Correspondiente a los actos o actividades sujetos a la tasa del 16%.

    Valor de los actos o actividades de enero de 2016, sujetos a la tasa del 16% 30,000.00

    (x) Tasa 16%

    (=) Impuesto trasladado en enero de 2016 a la tasa del 16% 4,800.00

  2. Correspondiente a los actos o actividades sujetos a la tasa del 0%.

    Valor de los actos o actividades de enero de 2016, sujetos a la tasa del 0% 25,000.00

    (x) Tasa 0%

    (=) Impuesto trasladado en enero de 2016 a la tasa del 0% 0.00

    2o. Determinación del impuesto trasladado total de enero de 2016.

    Impuesto trasladado en enero de 2016 a la tasa del 16% 4,800.00

    (+) Impuesto trasladado en enero de 2016 a la tasa del 0% 0.00

    (=) Impuesto trasladado total de enero de 2016 4,800.00

Comentarios

La finalidad de este caso práctico es mostrar que los actos o actividades sujetos a la tasa del 0% no tienen ningún efecto en la determinación del impuesto trasladado en el mes.

Referencia

Arts. 1 o. y 2o.-A.

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Caso 3
Planteamiento

Determinación del IVA trasladado en enero de 2016.

- La empresa realiza únicamente actos o actividades sujetos a la tasa del 16%.

- El valor de los actos o actividades de enero de 2016 fue cobrado parcialmente.

- La empresa realiza tanto operaciones de contado como de crédito.

Datos

- Valor total de los actos o actividades de enero de 2016, sujetos a la tasa del 16% 15,000.00

- Valor de los actos o actividades de enero de 2016, sujetos a la tasa del 16%, efectivamente cobrados 8,000.00

- Valor de los actos o actividades de enero de 2016, sujetos a la tasa del 16%, por lo que se otorgó crédito 7,000.00

Formula

1o. Para determinar el impuesto trasladado en el mes.

Valor de los actos o...

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