PROY-NOM-009-NUCL-2017: Determinación y Aplicación del índice de Transporte para Materiales Radiactivos y del índice de Seguridad con Respecto a la Criticidad para el Transporte de Sustancias Fisionables.

DependenciaFederal
ClavePROY-NOM-009-NUCL-2017
Tipo de normaProyecto
Rama de la Actividad EconómicaFabricación de Equipo de Transporte
ProductoRecipientes

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.- Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias. PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-009-NUCL-2017, "DETERMINACIÓN Y APLICACIÓN DEL ÍNDICE DE TRANSPORTE PARA MATERIALES RADIACTIVOS Y DEL ÍNDICE DE SEGURIDAD CON RESPECTO A LA CRITICIDAD PARA EL TRANSPORTE DE SUSTANCIAS FISIONABLES".

JUAN EIBENSCHUTZ HARTMAN, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Nuclear y Salvaguardias (CCNN-SNyS) y Director General de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, con fundamento en los artículos 33 fracción XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 18 fracción III, 19, 20, 21, 22, 29 y 50 fracciones I, II, III, XI y XII de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear; 38 fracciones I, II, III, 40 fracciones I, III, XIII y XVII, 41, 44, 45, 46, 47, 51 y 73 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 30, 32, 33 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2, 5, 9, 11, 13, 16, 41, 42 fracción I, 51, 52, 53, 63, 66 fracciones XIII y XV, y 99 fracción IV del Reglamento para el Transporte Seguro de Material Radiactivo; 69, 70, 75, 80, 154 fracción I, 190 y 199 del Reglamento General de Seguridad Radiológica y 2 apartado F, fracción I, 40, 41 y 42 fracciones VIII, XI, XII, XXX y XXXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, expide para consulta pública el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-009-NUCL-2017 "Determinación y aplicación del índice de transporte para materiales radiactivos y del índice de seguridad con respecto a la criticidad para el transporte de sustancias fisionables", a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales, contados a partir del día natural inmediato siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, los interesados presenten sus comentarios ante el CCNN-SNyS, ubicado en Dr. José María Barragán Número 779 - 4to. piso, Col. Narvarte, C.P. 03020, Ciudad de México, teléfono 5095 3246, fax 5590 6103 o bien al correo electrónico ccnn_snys@cnsns.gob.mx para que en los términos de la Ley de la materia se consideren en el seno del Comité que lo propuso. SINEC-20170707155615000.

Ciudad de México, a 22 de junio de 2017.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Nuclear y Salvaguardias y Director General de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, Juan Eibenschutz Hartman.- Rúbrica.

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-009-NUCL-2017, DETERMINACIÓN Y APLICACIÓN DEL ÍNDICE DE TRANSPORTE PARA MATERIALES RADIACTIVOS Y DEL ÍNDICE DE SEGURIDAD CON RESPECTO A LA CRITICIDAD PARA EL TRANSPORTE DE SUSTANCIAS FISIONABLES

Prefacio

La elaboración del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana es competencia del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Nuclear y Salvaguardias (CCNN-SNyS) integrado por:

· Secretaría de Salud.

· Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

· Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

· Secretaría de Gobernación.

· Secretaría de Energía.

· Comisión Federal de Electricidad.

· Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares.

· Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

· Instituto Mexicano del Seguro Social.

· Universidad Nacional Autónoma de México.

· Instituto Politécnico Nacional.

Con objeto de elaborar la propuesta de NOM-009-NUCL-2017, se constituyó un Grupo de Trabajo con la participación voluntaria de los siguientes actores:

· Asesoría Especializada y Servicios Corporativos, S.A. de C.V.

· Asociación Mexicana de Física Médica, A.C.

· Asociación Mexicana de Radioprotección, A.C.

· Control de Radiación e Ingeniería, S.A. de C.V.

· Federación Mexicana de Medicina Nuclear e Imagen Molecular, A.C.

· Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares.

· Instituto Mexicano del Seguro Social.

· Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

· Instituto Politécnico Nacional.

· Maquinado e Ingeniería de Soporte, S.A. de C.V.

· Radiación Aplicada a la Industria, S.A. de C.V.

· Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

· Secretaría de Energía.

· Secretaría de Gobernación.

· Secretaría de Salud.

· Secretaría del Trabajo y Previsión Social

· Servicios Integrales para la Radiación, S.A. de C.V.

· Servicios a la Industria Nuclear y Convencional, S.A. de C.V.

· Sociedad Mexicana de Radioterapeutas, A.C.

· Tecnofísica Radiológica, S.C.

· Universidad Nacional Autónoma de México.

Índice del contenido

Introducción

  1. Objetivo y campo de aplicación

  2. Referencias

  3. Definiciones

  4. Nomenclatura y abreviaturas

  5. Método para determinar el índice de transporte

  6. Método para determinar el índice de seguridad con respecto a la criticidad

  7. Requisitos

  8. Registros

  9. Vigilancia

  10. Procedimiento de evaluación de la conformidad

  11. Concordancia con normas internacionales

  12. Bibliografía

    TRANSITORIO

    Introducción

    Cuando se lleva a cabo el transporte o almacenamiento en tránsito de materiales radiactivos, se determina el índice de transporte, como un indicativo para proporcionar control sobre grupos de bultos con el propósito de minimizar los riesgos de la radiación ionizante.

    En el caso particular de los bultos que contienen sustancias fisionables se calcula el índice de seguridad con respecto a la criticidad, como una medida para evitar la criticidad nuclear durante el transporte o almacenamiento en tránsito de dichas sustancias.

  13. Objetivo y campo de aplicación

    1.1 Objetivo

    Establecer los métodos para determinar el índice de transporte y el índice de seguridad con respecto a la criticidad, así como los requisitos de seguridad que deben cumplirse para el transporte y el almacenamiento en tránsito de material radiactivo, con respecto a los índices ya mencionados.

    1.2 Campo de aplicación

    El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana es aplicable a las unidades de transporte, bultos, sobreenvases, contenedores y cisternas, en los que se vaya a transportar material radiactivo, así como a los materiales de Baja Actividad Específica-I y Objetos Contaminados en la Superficie-I sin embalar, incluyendo el almacenamiento en tránsito.

  14. Referencias

    Para la correcta aplicación del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, es necesario consultar las siguientes Normas Oficiales Mexicanas o las que las sustituyan:

    2.1 NOM-008-SCFI-2002, Sistema general de unidades de medida.

  15. Definiciones

    Para los propósitos de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana, serán aplicables los términos y definiciones siguientes:

    3.1 Almacenamiento en tránsito

    El almacenamiento que se realiza durante el traslado de material radiactivo debido a la logística del mismo.

    3.2 Índice de...

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