Despenaliza Corte aborto

AutorVíctor Fuentes

En una decisión histórica, la Corte declaró ayer que es inconstitucional penalizar el aborto voluntario, pues se viola el derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes.

Por unanimidad, los ministros invalidaron el artículo 196 del Código Penal de Coahuila que castiga con hasta tres años de cárcel a la mujer que interrumpa voluntariamente su embarazo en cualquier momento de la gestación.

El artículo supone la total supresión del derecho constitucional a elegir de las mujeres y se violan derechos humanos al libre desarrollo de la personalidad, no discriminación y acceso a la salud, estableció la Corte.

"Nunca más una mujer o persona gestante deberá ser juzgada penalmente, hoy (ayer) se destierra la amenaza de prisión y el estigma que pesa sobre las personas que deciden interrumpir libremente su embarazo", dijo el Ministro Luis María Aguilar, autor del proyecto.

"Hoy es un parteaguas en la historia de los derechos de todas las mujeres", agregó el Ministro presidente Arturo Zaldívar.

La sentencia sólo invalida la norma en Coahuila, por lo que seguirán vigentes los artículos de otros 28 códigos penales estatales que tipifican el aborto voluntario como delito, entre ellos Sonora, que lo castiga hasta con seis años de prisión.

Pero la jurisprudencia por precedente que emitirá la Corte obligará a todos los jueces penales del País a no procesar a mujeres acusadas por alguna fiscalía. Si se abre algún proceso, la justicia federal podrá cancelarlo por medio del amparo.

En la sentencia aprobada, el máximo tribunal subrayó las libertades de las mujeres.

"La libertad reproductiva, en su vertiente específica del derecho a decidir, implica que no corresponde al Estado conocer o evaluar las razones para continuar o interrumpir su embarazo ya que pertenecen a la esfera de intimidad...

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