Escrito de desacuerdo para objetar rectificaciones en la prima del seguro de riesgos de trabajo

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De acuerdo con los artículos 74 de la LSS y 32, primer párrafo, del Racerf, los patrones están obligados a revisar la siniestralidad de su empresas cada año y presentar la declaración de la prima de riesgos de trabajo, a fin de determinar si permanecen en la misma prima, disminuye ésta o aumenta.

De esta manera, los patrones debieron presentar en febrero de 2010 la declaración anual de riesgos de trabajo correspondiente al periodo del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2009, con la cual se obtuvo la prima de de riesgos de trabajo con la que se cubrirán las cuotas del seguro de riesgos de trabajo del 1o. de marzo de 2010 al 28 de febrero de 2011.

Sin embargo, es importante mencionar que aun cuando el patrón haya presentado en tiempo y forma la Declaración anual de riesgos de trabajo, el artículo 33 del Racerf otorga al IMSS la facultad de verificar la información proporcionada por las empresas y de confrontarla contra sus registros a fin de determinar si la prima presentada por el patrón es congruente con la obtenida por el propio instituto, ya que en caso contrario hará la rectificación correspondiente, misma que procederá a notificar por escrito a los patrones.

No obstante, en caso de que el IMSS rectifique la prima de riesgos calculada por el patrón y al analizar la siniestralidad ocurrida en la empresa, este último determine que no procede dicha rectificación, podrá interponer un escrito de desacuerdo atendiendo a lo que estipula el artículo 41 del Racerf.

Al efecto, indicamos en qué consiste el escrito de desacuerdo y el procedimiento para presentarlo.

Facultad del IMSS para rectificar la prima de riesgos de trabajo

De acuerdo con el artículo 251, fracción XVI, de la LSS, el instituto tiene la facultad para ratificar o rectificar la clase y prima de riesgo de las empresas para efectos del pago de las cuotas del seguro de riesgos de trabajo.

Por su parte, el artículo 32, fracción VI, del Racerf estipula que el IMSS verificará la información proporcionada por las empresas contra sus registros y si determina que la prima manifestada no es congruente con la obtenida por el propio instituto, hará la rectificación correspondiente, la cual surtirá efectos a partir del 1o. de marzo del año posterior al que se refiera el cómputo, debiendo ser notificada al patrón.

Casos en los que el IMSS puede rectificar la prima de riesgos de trabajo

Según el artículo 33 del Racerf, el IMSS podrá rectificar o determinar la prima del seguro del seguro de riesgos de un patrón, mediante resolución que se notificará al representante legal por las causas siguientes:

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Debe tenerse presente que el IMSS podrá rectificar las primas determinadas por los patrones hasta por un periodo de cinco años, que es cuando caducan sus facultades, según lo señala el artículo 297 de la LSS.

Las principales razones por las que el IMSS emite las resoluciones de rectificación se detallan en el siguiente cuadro:

[VER GRÁFICO EN PDF ADJUNTO]

No se debe perder de vista que la resolución emitida por el IMSS trae consigo un efecto "en cascada", al convertirse en la base de comparación de la prima determinada en el año siguiente; por tanto, de proceder se deberán pagar las diferencias, con la actualización y los recargos correspondientes; de esta forma, será necesario realizar la revisión de los casos que hayan motivado la rectificación de la prima de riesgos determinada por el patrón.

Qué es el escrito de desacuerdo

De lo establecido en los artículos 33, fracción IV, y 41 del Racerf, se puede concluir que el escrito de desacuerdo es la solicitud patronal donde se manifiesta la inconformidad a la resolución de determinación o rectificación de la prima del seguro de riesgos de trabajo emitida por el instituto.

Procedimiento para presentar el escrito de desacuerdo

Los patrones inconformes con la rectificación o determinación de la prima de riesgos podrán presentar dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación respectiva, un escrito de desacuerdo, siempre que no haya...

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