Los Derechos Laborales por Maternidad y Paternidad

AutorRogelio Avilés Urquiza

Situaciones en contra de mujeres embarazadas tales como el negarle el pago de incapacidad, despido injustificado o malos tratos en general, son comunes. Por ello, vale la pena identificar las prestaciones a las cuales una mujer embarazada tiene derecho. La Constitución Mexicana en su artículo 123 dice que las mujeres no deben realizar durante el embarazo trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud.

También estipula que ellas gocen forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha fijada para el parto y seis semanas posteriores al mismo, percibiendo salario íntegro y conservando su empleo. Agréguese que en el período de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno para alimentar a sus hijos.

Tales prestaciones se sustentan en la ley del seguro social, donde el artículo 101 preceptúa que las mujeres embarazadas tienen derecho a cuarenta y dos días antes y después del parto. Dice la ley: “en los casos en que la fecha fijada por los médicos del Instituto no concuerde exactamente con la del parto, deberán cubrirse a la asegurada los subsidios correspondientes por cuarenta y dos días posteriores al mismo, sin importar que el período anterior al parto se haya excedido”.

Así también expresa que “los días en que se haya prolongado el período anterior al parto, se pagarán como continuación de incapacidades originadas por enfermedad.

Según la ley del IMSS los subsidios se pagarán siempre que se cumplan los siguientes requisitos: I. Que haya cubierto por lo menos treinta cotizaciones semanales en el período de doce meses anteriores a la fecha en que debiera comenzar el pago del subsidio; II. Que se haya certificado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) el embarazo y la fecha probable del parto, y III. Que no ejecute trabajo alguno mediante retribución durante los períodos anteriores y posteriores al parto. Así pues, las mujeres embarazadas que no reciban estos beneficios tienen derecho a demandar la rescisión de contrato por...

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