Los derechos fundamentales en la era digital

AutorViridiana Cuevas Orta
CargoAbogada por la Universidad de Guadalajara. Colaboradora del Instituto de Derechos Humanos Francisco Tenamaxtli de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco
Páginas116-133
Derechos Fundamentales a Debate/Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco
116
Los derechos fundamentales en la era
digital
The fundamental rights in the digital age
Viridiana Cuevas Orta1
SumarioSumario. I. Introducción; II. Los derechos fundamentales; III. La revolución
digital; IV. El reconocimiento de nuevos derechos fundamentales y su protección;
V. Conclusiones. VI. Referencias bibliográcas.
Fecha de recepción: Fecha de recepción: 09 de enero de 2022
Fecha de aceptación: Fecha de aceptación: 04 de marzo de 2022
Resumen Resumen
El desarrollo de las tecnologías de la información y comunicación ha facilitado la
creación y divulgación de datos, así como la interconexión del mundo; sin embargo,
ello podría representar un problema para algunos derechos fundamentales. Si
bien esto puede fortalecer la capacidad de las personas para el disfrute de ciertos
derechos, como la libertad de expresión, puede debilitar otros, como el derecho a
la protección de datos o el derecho a la privacidad. Ello lleva a repensar sobre los
profundos cambios en la sociedad y su impacto en los derechos fundamentales de
las personas y llevar a debate el surgimiento de nuevos derechos fundamentales,
como el derecho al olvido, el acceso universal e igualitario a nuevas tecnologías,
la propiedad de los datos y su explotación y agregación al
big data,
al igual que el
papel del poder público y sus modos de intervención dentro de su marco jurídico
territorial.
Abstract: Abstract:
e development of information and communication technologies has facilitated
the creation and dissemination of data, as well as the interconnection of the world;
however, this could represent a problem for some fundamental rights. While
this may strengthen people’s ability to enjoy certain rights, such as freedom of
expression, it may weaken others, such as the right to data protection or the right
to privacy. Which leads to rethink about the profound changes in society and their
impact on the fundamental rights of people and lead to debate the emergence of
new fundamental rights, such as the right to be forgotte, universal and equal access
to new technologies, the ownership of data, and its exploitation and aggregation
to big data, like the role of public power and its modes of intervention within its
territorial legal framework.
1. Abogada por la Universidad de
Guadalajara. Colaboradora del Instituto
de Derechos Humanos Francisco
Tenamaxtli de la Comisión Estatal
de Derechos Humanos de Jalisco.
v.cuevasorta@gmail.com
Derechos Fundamentales a Debate/Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco 117
Palabras clave:Palabras clave: Era digital, derechos fundamentales, derechos digitales.
Keywords:Keywords: Digital age, fundamental rights, digital rights.
I. IntroducciónI. Introducción
Los avances tecnológicos dan lugar a nuevos contextos y escenarios. Se han
generado cambios importantes en la manera en la que nos comunicamos e
interrelacionamos. La era digital ha propiciado modicaciones en las dinámicas
económicas y socioculturales. Nuestra interacción con el gobierno es, a menudo,
digital, Muchas de nuestras relaciones con el sector empresarial se hacen de
manera digital. En ocasiones, la forma en la que nos relacionamos con otras
personas suele ser por medios digitales. Por ello, los derechos fundamentales se
ven sometidos a una presión diferente a la del mundo físico. Por lo tanto, se tendría
que pensar en cómo también damos forma a esos derechos fundamentales en un
mundo en proceso de digitalización.
Los derechos fundamentales existentes protegen la libertad de las personas
frente a los abusos cometidos por parte de autoridades. Ello es algo bueno, pero
insuciente. Es visible que las naciones no tienen poder suciente para garantizar
todas las libertades en un momento de comunicación sin fronteras, que está basado
en la tecnología y el lucro. Las empresas privadas, como Google o Facebook,
manejan mucha información, con efectos sobre los derechos individuales; la
libertad de opinión, la protección de datos, así como la privacidad y la intimidad,
por ejemplo.
La sociedad está organizada en Estados-nación con jurisdicción propia;
sin embargo, el ciberespacio no conoce fronteras nacionales. Ello complica la
situación y genera tensiones que solo pueden resolverse mediante una regulación
internacional que armonice las legislaciones de cada país para garantizar la
protección de estos derechos frente los nuevos retos tecnológicos y las libertades
informativas.
II. Los derechos fundamentales II. Los derechos fundamentales
Los derechos fundamentales pueden ser entendidos como las garantías de
protección que se encuentran reconocidos en los textos constitucionales y que
son indispensables para el amparo de los derechos esenciales de las personas. Su
protección y contenido esta circunscrito a los límites territoriales y vigencia del
Estado que los reconoce (Angulo
et al.,
2015, p. 133).
Para Ferrajoli (2001), los derechos fundamentales son todos aquellos derechos
subjetivos que corresponden a todos los seres humanos, en tanto dotados del
status
de personas, ciudadanos o personas con capacidad de obrar. Se entiende

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