Derecho del trabajo y seguridad social. 24 de junio de 2015

AutorGuillermo Mojarro Serrano
Páginas66-68
La Barra Agosto-Septiembre 2015
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la Administración General de Aduanas que preside el
expositor invitado.
Dentro de su participación, el Mtro. Treviño expuso
ante los barristas los ci nco ejes medular es que se
buscarán bajo su Administración, siendo los siguientes:
Una aduana más inteligente.
Mayor transparencia.
La aportación de valor agregado a la cadena
de suministros.
En constante comunicación con el
sector privado y los usuarios,
Ser una aduana más competitiva
a nivel internacional.
En concordancia con lo anterior,
el expositor resaltó que como
parte de las tareas de brindar a
los usuarios del comercio exterior
mayor transparencia, actualmente
la Administración General de Aduanas
prepara un nuevo Manual de Operación
Aduanera, el cual estará disponible al público en
general en los próximos meses.
En relación con el tema de la Ventanilla Única de
Comercio Exterior, la cual fue implementada desde
el sexenio anterior, se comentó que en los próximos
meses habrá ajustes importantes que suponen una
mejoría con la plataforma actual, misma que fue objeto
de críticas.
Por otro lado, los expositores destacaron
la inv ersió n que ha real izado e l
Gobierno Federal en meses recientes
con el objeto de disminuir el
número de revisiones durante el
despacho aduanero.
Tras finalizar la exposición, el
Mtro. Treviño y el Lic. Rigada
contestaron diversas inquietudes
de los asistentes vinculadas con el
escenario actual de las Aduanas del país.
Por último los expositores también comentaron dudas
relacionadas con la nueva obligación contenida en
el artículo 81 del Reglamento de la Ley Aduanera,
consistente en la entrega de información relacionada
con la manifestación de valor que deben entregar los
importadores a dichos agentes.
DERECHO DEL TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL
Por: Guillermo Mojarro Serrano
FECHA DE SESIÓN: 24 de junio de 2015.
ORADORES INTEGRANTES DE LA COMISIÓN INVITADOS:
Lic. Gilberto Chávez Orozco.
Tema: “Análisis de Jurisprudencias recientes”
Dr. Ricardo Martínez Rojas.
Tema: “Comentarios sobre la reforma del INFONAVIT,
en cuanto a Subcontratación”
Lic. Jorge E. Cervantes Martínez.
Tema: “Comentarios sobre la Ley Federal del Trabajo,
en cuanto a trabajo de menores”
SEGUIMIENTO:
El Coordinador de la Comisión, Lic. Héctor Cervantes
Nieto, dio la bienvenida a los barristas asistentes y a
los expositores invitados.
El Lic. Gilberto Chávez Orozco comentó que no
se pueden impugnar, vía amparo, los convenios
celebrados ante la Junta, lo anterior con base en el
siguiente criterio: “Convenio laboral sancionado por
la Junta de Conciliación y Arbitraje, es improcedente
el planteamiento de nulidad formulado en su contra,
cuando el trabajador aduce renuncia de derechos”.
(Abandono de las Jurisprudencias 2ª./J.105/2003;
2ª./J.162/2006; 2ª./J.195/2008 y 2ª./J.1/2010”.
“Si existe una posible renuncia de derechos, en un
convenio celebrado, aprobado y sancionado por la
Junta, se puede combatir el convenio por medio de otro
juicio”, en su caso, para combatir vicios en el litigio
anterior. El juicio de amparo resolverá sobre los actos
de autoridad, pero no modicará el fondo de la litis, por
lo tanto, si un convenio contiene renuncia de derechos
podrá combatirse por medio de un juicio de nulidad.
En la práctica, muchos convenios se suscriben por las
partes, con la nalidad de evitar contingencias y riesgos,
estableciendo cuantificaciones o porcentajes, que
podrían resultar inferiores al 100%, pero constituyen
un acuerdo de voluntades, que no necesariamente es
una renuncia de derechos.
También se debe tener presente que un nuevo juicio,
no puede anular un juicio anterior, si se han cumplido
los requisitos de la ley, pero si se podría declarar
la procedencia o no, de la nulidad de un convenio
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