Derecho mercantil

AutorEdward Martín Regalado
Páginas72-73
La Barra Octubre-Diciembre 2015
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confusa ya que no resulta clara en cuanto a la aplicación
de algún delito.
- El nuevo artículo 95 del propio Código Fiscal de la
Federación, resulta ser una copia mal hecha del artículo
13 del Código Penal Federal, por cuanto hace a la
aplicación de la autoría y/o participación.
- Del artículo 108 del CFF mencionó que se reere
al delito de omisión de pago del impuesto al valor
agregado, en el que se requiere necesariamente del
elemento “engaño”, sobre lo que abundó comentando
que ahora el artículo 109 de la propia legislación NO
requiere del engaño, compartiendo con nosotros que
ello lleva a un claro desequilibrio entre el contribuyente
y la autoridad, ya que ésta podrá actuar conforme a sus
intereses sin la necesidad de acreditar este elemento
“engaño”.
- Del artículo 113 del CFF dijo que se trata del delito
de venta de facturas, estableciendo que al respecto
se trata de operaciones inexistentes, falsas o actos
jurídicos simulados.
- Señaló que en el artículo 69-B se habla de
contribuyentes que venden facturas y que no puedan
amparar la operación de que se trate.
Como comentario al nal se dijo que los delitos scales
son también un régimen de excepción (derecho penal
del enemigo), ya que la autoridad hace y establece las
cosas “a modo”.
Fue una plática claramente nutritiva, en la que además
se contó con la participación de José Luis Nassar Daw,
Arturo Millán y de nuestro Coordinador Raúl Cárdenas
Rioseco.
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DERECHO MERCANTIL
Por: Edward Martín Regalado
FECHA DE SESIÓN: 22 de Septiembre 2015
ORADOR INVITADO: Mtro. Miguel Ishii
Yokoyama
CONTENIDO DE LA SESIÓN:
“Acuerdos de Accionistas
y Prevención de Conflictos
Intrasocietarios”
SEGUIMIENTO:
Desde un inicio el Mtro. Miguel
Ishii Yokoyama advirtió que la
rígida regulación de las sociedades
mercantiles en México ha representado
po r much o tiem po un ob stá culo p ara re flej ar
adecuadamente en documentos legales los acuerdos
que con frecuencia buscan los empresarios al formar
sociedades mercantiles.
Agregó el ponente que durante
muchos años fue necesario recurrir
a la creatividad para encontrar
soluciones a esos obstáculos,
no siempre exentas de
riesgo. Sin embargo, ante las
reformas a la Ley General de
Sociedades Mercantiles, estimó
conveniente analizar la vigencia
de las soluciones, desarrollando su
exposición sobre dos ejes principales.
Por un lado, abordó los temas propios de
los Estatutos Sociales, entre los cuales analizó la
posibilidad de establecer distribuciones asimétricas
entre los accionistas, la validez de las acciones sin
derecho de voto o con voto limitado, el derecho de veto,
derechos de preferencia, alternativas en casos
de acuerdos insuperables, cláusulas
de salida, exclusión de socios
minoritarios, cambio de control,
regulación de la responsabilidad de
los administradores, la colocación
pública, el Presupuesto anual,
contratación de créditos, venta
de activos, operaciones con partes
relacionadas, nuevas líneas de
negocios, fusiones y escisiones.

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