Derecho mercantil. 7 de diciembre 2015

AutorDavid Pablo Montes Ramírez
Páginas76-77
La Barra Enero-Mayo 2016
74
DERECHO MERCANTIL
Por: David Pablo Montes Ramírez
FECHA DE LA SESIÓN: 7 de diciembre 2015.
ORADOR INVITADO: Cuauhtémoc Reséndiz Núñez.
CONTENIDO DE LAS SESIÓN: ¿Colegiación Obligatoria
o Voluntaria?
J
o
s
é
M
a
r
i
o
d
e
l
a
G
a
r
z
a
M
a
r
r
o
q
u
í
n
y
J
e
s
ú
s
Z
a
m
o
r
a
P
i
e
r
c
e
.
A
l
e
j
a
n
d
r
o
J
a
i
m
e
s
G
u
t
i
é
r
r
e
z
y
R
a
f
a
e
l
H
e
r
e
d
i
a
R
u
b
i
o
.
C
u
a
u
h
t
é
m
o
c
R
e
s
é
n
d
i
z
N
ú
ñ
e
z
,
SEGUIMIENTO:
El expositor inició su presentación con una invitación
a un debate abierto entre todos los actores; armó que
la necesidad de la regulación de nuestra profesión está
determinada por la necesidad de los beneciarios de
los servicios de recibirlos no solamente con calidad
técnica, sino que dichos servicios deben estar basados
en un comportamiento ético. Es una necesidad social
que haya un comportamiento ético en la profesión.
Explicó que la ley de profesiones vigente para el
Distrito Federal, de alcance federal, ha quedado
rebasada por la realidad, ya que el otorgamiento de
la patente para el ejercicio profesional se ha vuelto
un mero trámite administrativo. Por otra parte, hay
un gran número de instituciones educativas que no
tienen la calidad necesaria en la formación de sus
egresados, frente a un reducido número de instituciones
de calidad; sin embargo, la cédula profesional que se
les otorga es la misma. No sabemos quiénes ejercen
la profesión, no sabemos cuántos abogados hay en
ejercicio, además de que hay materias como la penal,
laboral y agraria que no exigían la cédula profesional
para su ejercicio.
El expositor insistió en que la solución que se
instrumente debe evitar que el Estado tenga el
control directo de la profesión, porque esto va en
contra de la independencia de la profesión. Explicó
el proyecto de Ley General de la Abogacía
Mexicana, su ámbito de aplicación, las
autoridades competentes vinculadas
a la colegiación y certificación
ob liga tori as, l os or gani smos
rectores, la organización de
los co legios y su rég imen de
responsabilidad, así como los
medios de impugnación.
El expositor armó que la colegiación
propuesta busca la autorregulación,
pero ello no implica que los colegios hagan
lo que quieran, sus nes estarían delimitados en
la ley, encargándose la autoridad de supervisarlos. El
número de colegios deberá determinarse a partir del
imputación con los requisitos de ley.
- En el 0.87% los defensores públicos
NO ofrecieron datos de prueba
para defender.
- En ninguna de las 912
audiencias el asesor jurídico
emitió opinión alguna.
Señaló con preocupación
que, a menos de 6 meses de la
implementación en toda la República
Mexicana del nuevo sistema de justicia
penal, ésta y su aplicación sean tan decientes.
La ciudadanía tiene exigencias que
NO están siendo solventadas.
Concluyó señalando la
importancia en la capacitación
de los actores en el nuevo sistema
de justicia penal para el correcto
desarrollo del mismo.
En nuestra sesión participaron Josué
Flores, Rodolfo Félix Cárdenas, Rafael
Heredia Rubio, Enrique Riquelme, entre otros.
Edward Martín Regalado, Víctor Manuel Ruiz Barboza, Cuauhtémoc Reséndiz Núñez, Ricardo Ríos Ferrer, Emilio González de Castilla del Valle, Ana María Kudisch Castelló
y Quetzalcóatl Sandoval Mata.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR