Derecho constitucional, amparo y derechos humanos. 29 de abril de 2014

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La Barra Julio-Octubre 2014
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obligatoriedad de la jurisprudencia emitida,
en particular estudiada a la luz del nuevo
paradigma de los derechos humanos y al
principio propersona. Asimismo, se analizaron
cuáles serían algunos supuestos para restar
obligatoriedad a las tesis emitidas por el
Poder Judicial Federal. Del mismo modo, se
analizaron diversas disposiciones de la Ley de
Amparo relativas a la formación y modicación
de las jurisprudencias.
Asimismo, se trató el tema del control de
convencionalidad y sus implicaciones en el
sistema jurídico mexicano, comentando que se
trata de una obligación que se encuentra dispersa
en todos los operadores jurisdiccionales del
país, como una forma de cumplir el deber
de velar por la vigencia y observancia de las
disposiciones que en materia de derechos
humanos integran el sistema jurídico.
Respecto a los CFDI’s por concepto de nómina,
enfatizó la obligación de los patrones de
entregar o enviar a sus trabajadores el formato
ele ctrón ico XML de la s remun eraci ones
cubiertas y que en caso de imposibilidad
pueden entregar una representación impresa
del CFDI, lo anterior de conformidad con la
Regla I.2.7.5.2. de la Resolución Miscelánea
Fiscal para 2014 y su anexo 19.
La sesión fue muy dinámica y hubo aportaciones
valiosas por parte de los asistentes, lo cual
prop ició un deb ate muy enri quece dor en
diversos temas.
Boletines Capítulos
DERECHO
CONSTITUCIONAL,
AMPARO Y DERECHOS
HUMANOS
ORADOR INVITADO: Dr. Héctor Gerardo
Zertuche García.
FECHA DE SESIÓN: 29 de abril de 2014.
CONTENIDO DE LA SESIÓN: “Principio de
Convencionalidad y la Jurisprudencia.”
SEGUIMIENTO:
La exposición del Dr. Zertuche García tocó temas
relevantes y de actualidad, como el relativo a
donde se encuentra o pod ría enco ntrarse la DERECHO
CONSTITUCIONAL,
AMPARO Y DERECHOS
HUMANOS
FECHA DE SESIÓN: 28 de mayo de 2014.
ORADOR INVITADO: Dr. Carlos Emilio
Arenas Bátiz
CONTENIDO DE LA SESIÓN: El Principio
Pro Persona vs. El Principio de Supremacía
el mismo trabajador. Finalmente, entró al tema
de los CFDI’s y la importancia de éstos en el
mundo laboral actual; comentó que deberían
tener igual o más información que la que
contienen los recibos salariales. Asimismo,
existe discrepancia entre si los CFDI’s deben o
no estar rmados por el trabajador, sin embargo,
en su opinión los CFDI’s deben estarlo, ya que
éstos pueden ser utilizados para comprobar
diferentes cuestiones en juicio, como lo son
el salario y la realización del pago del mismo.
El hecho de que c arezcan de firma podría
presumirse que solamente se realizó el pago,
no demostrando la conformidad por parte del
trabajador con el mismo.
Por su parte el licenciado Abid Noel Islas
expuso las deniciones de la Firma Electrónica
Avanzada (la cual produce los mismos efectos
jurídicos que la rma autógrafa), Documento
Digital, Certicados Digitales, entre otras, de
conformidad con la Ley de Firma Electrónica
Avanzada y el Código Fiscal de la Federación,
haciendo una concatenación con las deniciones
establecidas por el Código de Comercio.
Asimismo detallo los requisitos que deben de
cubrir los CFDI’s, explicando el procedimiento
para la emisión de los mismos, así como las
diferencias entre el timbrado, sello digital y
los elementos utilizados en la generación de
los sellos digitales. Mencionó que los CFDI´s
pueden ser generados a través del SAT o de
los Proveedores Autorizados de Certicación
(“PAC’s”), quienes también están obligados a
prestar el servicio de manera gratuita.
Asistentes.
Héctor Gerardo Zertuche García.
Asistentes.

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