El Estado de derecho

AutorJaime Cárdenas Gracia
Páginas243-277

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El Estado de derecho

Los elementos del Estado son el territorio que es la porción del espacio en que el Estado ejercita su poder; la población que está constituida por los seres humanos que pertenecen a un Estado; el poder que es la capacidad que tiene un individuo o grupo para afectar el comportamiento de otros, y la cultura que entraña la incorporación al Estado de la Constitución normativa en la que tienen vigencia efectiva los derechos fundamentales y la democracia.

I. El origen del Estado moderno

El Estado moderno es producto de la cultura occidental y se basa en una burocracia profesional y en un derecho racional que actúan en un territorio y sobre una población asentada en él. Como apunta Heller, hacia 1 303 se perciben los primeros síntomas de la quiebra de la supremacía papal —y con ella del mundo medieval y feudal— al negarse el rey de Francia a obedecer la encíclica Unam Sanctam expedida por el papa Bonifacio viii, el año anterior.396Este hecho significó el principio del fin de las pretensiones universalistas de la Iglesia y el comienzo de un proceso de secularización que llevará a la Reforma. Dicha circunstancia comenzó a significar que los fenómenos jurídicos y políticos no podían verse en términos religiosos y que era necesario concebir el poder de los príncipes y su relación con la comunidad desde la racionalidad y la voluntad.

La aparición del Estado moderno está vinculada a la consolidación de las primeras monarquías absolutas en Europa (Francia, España e Inglaterra). No es casual que en ese tiempo se haya introducido en la ciencia política el concepto Stato que usó por primera vez Maquiavelo. Según Heller, este proceso histórico y cultural se puede explicar así:

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La nueva palabra Estado designa certeramente una cosa totalmente nueva porque, a partir del Renacimiento y en el continente europeo, las poliarquías, que hasta entonces tenían un carácter impreciso en lo territorial y cuya coherencia era floja e intermitente, se convierten en unidades de poder continuas y reciamente organizadas, con un solo ejército que era, además de permanente, una única y competente jerarquía de funcionarios y un orden jurídico unitario, imponiendo además a los súbditos el deber de obediencia de carácter general. A consecuencia de la concentración de los instrumentos de mando, militares, burocráticos y económicos, en una unidad de acción política —fenómeno que se produce primeramente en el Norte de Italia debido al más temprano desarrollo que alcanza allí la economía monetaria— surge aquel monismo de poder, relativamente estático, que diferencia de manera característica al Estado de la Edad Moderna del territorio medieval.397

Entre las condiciones y circunstancias que dieron lugar al Estado moderno podemos mencionar las siguientes: a) el descubrimiento de nuevas fuentes de riqueza en el viejo y en el nuevo mundos; b) el cambio en los métodos de cultivo que pusieron fin al feudalismo; c) la invención de la imprenta que minó el monopolio cultural de la Iglesia; d) la constitución de ejércitos nacionales; e) la Reforma protestante que entrañó la secularización de las socie- dades; f) ciertos medios de propiedad privada que se transforman en medios públicos orientados hacia fines políticos unitarios; g) la evolución en la administración de los recursos públicos y con ello la aparición de una burocracia profesional de carácter público, y h) el desarrollo de un sistema jurídico válido para todo un territorio originado en órganos de autoridad y no en la costumbre o en la fe.398Para el marxismo, el Estado se produce a consecuencia de la división social del trabajo y de la división de la sociedad en clases. Engels considera- ba que todo Estado expresa la naturaleza de clase, es decir, representa el poder de una clase social sobre las otras —la característica dominaciónexplotación—, la organización territorial y la institución de la fuerza pública.399En esta visión, con el advenimiento del comunismo futuro, y al no existir en esa etapa clases sociales ni explotación entre ellas, el Estado y el derecho desaparecerían.

Max Weber, desde la sociología liberal, explica así sus orígenes:

El Estado moderno es una asociación de dominio de tipo institucional, que en el interior de un territorio ha tratado con éxito de monopolizar la coacción física legítima como instrumento de dominio, y reúne a dicho objeto los medios

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materiales de explotación en manos de sus directores pero habiendo expropiado para ello a todos los funcionarios de clase autónomos, que anteriormente disponían de aquellos por derecho propio, y colocándose a sí mismos, en lugar de ellos, en la cima suprema.400Para Weber, el Estado moderno sólo puede definirse en última instancia a partir de un medio específico que, lo mismo que a toda asociación política, le es propio, esto es, la coacción física:

Todo Estado se basa en la fuerza, dijo Trotsky… Si sólo subsistieran construcciones sociales que ignoraran la coacción como medio, el concepto de Estado hubiera desaparecido; entonces se hubiera producido lo que se designaría, con este sentido particular del vocablo, como “anarquía”. Por supuesto, la coacción no es en modo alguno el medio normal o único del Estado… pero sí su medio específico. En el pasado, las asociaciones más diversas —empezando por la familia— emplearon la coacción física como medio perfectamente normal. Hoy, en cambio, habremos de decir: el Estado es aquella comunidad humana que en el interior de un determinado territorio… reclama para sí, con éxito, el monopolio de la coacción física legítima.401De lo anterior, concluimos diciendo que el Estado moderno se genera, desarrolla y transforma en un proceso de secularización de las sociedades europeas, y luego en otras partes del mundo, a partir del Renacimiento. Esto no significa que se nieguen otras formas pretéritas de Estado, como se desprende de la teoría marxista acerca de las sociedades de clases precapitalistas: modo de producción esclavista, modo de producción asiático y modo de producción feudal. En un sentido lato constituiría Estado cualquier forma de organización política y jurídica de una sociedad. No obstante, la teoría del Estado de nuestro tiempo entiende que el Estado moderno nace con el Estado absoluto, posteriormente se da, previo a la Revolución francesa, el Estado basado en el despotismo ilustrado de los monarcas europeos y, posteriormente, aparece en el siglo xix lo que conocemos como Estado de derecho. De ahí hacia nuestros días surgen formas diversas de manifestación del Estado de derecho: 1) el Estado liberal abstencionista del siglo xix basado en el principio de legalidad (las autoridades sólo pueden hacer todo aquello que las normas autorizan y los particulares todo aquello que las normas no prohíben) y en los derechos humanos de la primera generación; 2) el Estado social asistencial (Estado del bienestar) que ocupa casi todo el siglo xx y llega aproximadamente hasta la década de los ochenta de ese siglo, preocupado

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por el establecimiento de políticas públicas a favor de los derechos económicos, sociales y culturales con fuerte intervencionismo del Estado en la economía; 3) el Estado democrático de la segunda mitad del siglo xx que se consolida en Europa y en otras partes del mundo después de la crisis de los regímenes políticos totalitarios y autoritarios y su sustitución por regímenes de democracia representativa, y 4) en nuestros días, el Estado constitucional que se caracteriza: a nivel político y económico por una fuerte tendencia a la privatización de lo público y por la pérdida de soberanía del Estado en beneficio de entidades supranacionales o en provecho de empresas multi-nacionales, y en el nivel jurídico por el pluralismo jurídico, la pérdida de imperatividad, estatalidad y coactividad del derecho y su sustitución por la concepción del derecho como argumentación y con una fuerte presencia del juez constitucional por encima de los otros poderes y órganos públicos.

II. La legitimidad del poder del Estado

Como hasta aquí llevamos explicado, el Estado moderno tiene que ver con un dominio o poder de carácter institucional y jurídico que en un territorio monopoliza la fuerza física legítima respecto a una población. Lo anterior, sin embargo, plantea problemas en torno a la legitimidad del dominio o del poder. Esto es, si es válido admitir cualquier forma o manifestación del poder o, si el poder, para ser válido y respetado, debe orientarse a determinados fines y ejercerse mediante límites y controles de carácter racional. Uno de los primeros teóricos que intentó explicar el problema de la legitimidad del poder fue Bodin. Este autor emancipa la idea del poder soberano de toda conexión teológica y funda, así, la teoría constitucional. Para Bodin el Estado es el recto gobierno de las familias y de lo que les es común, con potestad soberana. La soberanía, principal atributo del Estado, se ejerce, según Bodin, contra los enemigos interiores y exteriores del Estado, y su expresión específica y esencial consiste en la capacidad para elaborar leyes generales, las que no pueden atentar respecto al derecho de propiedad y la familia. En otras palabras, el poder requiere dirigirse hacia determinados fines valiosos —no hacia cualquier fin— y éste debe estar siempre limitado por determinados derechos de las personas para poder considerarse como legítimo.402Alessandro Passerin d’Entrèves comenta que en el pensamiento de Bodin, el soberano, aunque es técnicamente legibus solutus, ello no quiere decir que su poder sea arbitrario ni desordenado, pues esto implicaría una contradictio in terminis, pues el so- berano está sujeto a la ley divina y a la natural, debe respetar la propiedad y las

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