Violación del dercho humano a la protección de la salud

AutorLuis Antonio Hernández Sandoval
Páginas96-122
96
RECOMENDACIÓN
POR VIOLACIÓN
AL DERECHO
HUMANO A LA
PROTECCIÓN de
LA SALUD
Fecha de recepción de originales: 18 de abril de 2012
Fecha de aceptación: 26 de abril de 2012
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Luis Antonio Hernández Sandoval
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Análisis de caso: protección de la salud Luis Antonio Hernández Sandoval
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METODOLOGÍA1
En los últimos números de Dignitas se ha compar-
tido el alcance de las Recomendaciones emitidas
por la Comisión de Derechos Humanos del Es-
tado de México (CODHEM). Si bien es un lugar común la
referencia “sólo son Recomendaciones”, su valía radica
en su probada fuerza moral2 y su adoctrinamiento en
materia de derechos humanos.
En este sentido, el análisis de caso se considera una he-
rramienta de miras considerable al proporcionar al lec-
tor un sustituto de la experiencia práctica que genere
el contexto propicio para estimular el aprendizaje. Bajo
la categoría de caso-decisión (Velázquez, 2007: 46-47) se
aborda una investigación derivada de la praxis del per-
sonal de la CODHEM, aplicándose una metodología com-
binada. Se plantea una discusión a raíz de un caso par-
ticular investigado por el organismo, realizándose una
evaluación descriptiva y normativa.
Se toma en consideración el método descriptivo ilustra-
tivo, al tratarse de un caso concreto cuya información y
consecuencias sucedieron en tiempos actuales. Se hace
1 El presente estudio se ajusta en su constructo a una adaptación
de la metodología aplicada por Robert K. Yin (2000) y Morra et al.
(2001).
2 La fórmula denominada Recomendación ha sido amplia y exito-
samente utilizada en el Derecho Internacional. La Organización
de Estados Americanos (OEA), ha aplicado la técnica en sus ór-
ganos competentes Comisión Interamericana de Derechos Hu-
manos (CIDH) cuyas resoluciones se han constituido en medios
de protección oportunos y cercanos a la persona y coadyuvantes
a los Estados. Así tiene especial notoriedad lo establecido en el
artículo 41 inciso b de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, al referir que una de las funciones torales de la CIDH
es “formular Recomendaciones, cuando lo estime conveniente
para que los Estados adopten medidas progresivas en favor de los
derechos humanos” dentro del marco de sus leyes internas y sus
preceptos constitucionales, al igual que disposiciones apropiadas
para fomentar el debido respeto a esos derechos.

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