Democracia o partidocracia

AutorVirgilio Ruiz Rodríguez
Páginas265-310
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Democracia y derechos humanos en México
Democracia o partidocracia
Es conveniente subrayar que el hombre, ente sociable por naturaleza, tie-
ne el derecho natural e inalienable de formar con otros hombres agrupa-
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los límites que impone el bien público temporal. Es un derecho natural del
individuo reunirse en asociaciones libres, porque éstas le pueden servir de
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la vida humana, y que encuentra su fundamentación en la necesidad que el
individuo tiene de perfeccionarse, ya que solamente puede hacerse hombre
con los hombres.
Al mismo tiempo, es necesario señalar que los derechos a la constitución de
partidos y a la actividad de partido se cuentan entre los derechos naturales.
No sólo eso, sino que el derecho a constituir partidos se extiende a la liber-
tad de constituir partidos para representar todo interés lícito ética y jurí-
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siempre que sea por medios constitucionales. Por ello, aplastar el derecho
natural a la formación de partidos es una de las más graves infracciones
jurídicas que cometen los sistemas totalitarios y autoritarios.
De igual manera, es necesario acentuar que los derechos de los partidos lle-
van consigo también deberes. El primero de ellos es reconocer como su di-
rectriz en todo su actuar el bien común de la comunidad estatal. A su vez,
la parte más importante del bien común está constituida por los derechos
humanos; de lo cual se deriva que a ningún partido político le es lícito co-
laborar y ni siquiera fomentar el menor ataque del Estado a tales derechos.
El Estado está obligado, por una parte, a reconocer ese derecho natural de
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su alcance, su contenido o su fuerza. Así lo reconoce la Organización de las
Naciones Unidas, tanto en la Declaración Universal de Derechos Humanos, de
En el primer documento, en su artículo 20.1, se establece: “Toda persona tiene
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Democracia y derechos humanos
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ser obligado a pertenecer a una asociación”. En el segundo documento, en
el artículo 22. 1, queda sancionado: “Toda persona tiene derecho a asociar-
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ellos para la protección de sus intereses”.88 Incluso cuando las agrupaciones
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agencias o quienes representen su poder, o bien se opongan a la política del
Estado, como pasa con muchas asociaciones cívicas o los partidos políticos de
oposición, el poder público tiene el deber de reconocer su existencia y garan-
tizar su funcionamiento. Pero también tiene el derecho y el deber de tomar
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Sin embargo, excepto posibles abusos en la realización y salvo razones de
oportunidad que podrían desaconsejar la medida —opina J. Dabin, y estoy
de acuerdo con él—, no puede negarse al Estado el derecho de prohibir las
asociaciones y partidos que, so capa la libertad de opiniones, militen a favor
de una política contraria, quizá no a la de los gobernantes actuales, pero
sí al menos a la moral, el derecho natural y el orden público.89 El plantea-
miento guarda mucha lógica: ¿Cómo habría el Estado de tolerar y amparar
una libertad que en la práctica, tendiera a destruir los valores que le están
encomendados a su custodia? ¿Cómo puede volverse lícita la acción ilícita
de parte del individuo aislado cuando es realizada en sociedad?
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a condición de que su objeto sea lícito; de aquí se deriva el derecho y según
el caso, el deber del cual goza el Estado a proscribir y, si ya se han consti-
tuido, disolver, no sólo las asociaciones delictuosas, establecidas para violar
las leyes penales, sino toda asociación (cualquiera que sea la categoría a que
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88
Apéndices III y V, en N. López Calera, Introducción a los derechos humanos, Comares, Gra-
nada, 2000, pp. 103 y 120.
89
Dabin, J., op. cit., p.413.
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Democracia y derechos humanos en México
En los últimos años pocas instituciones han sufrido un descrédito suma-
mente considerable como los partidos políticos. En la mayoría de los países
—señala Anselmo Flores A.—, los partidos han visto disminuida su capaci-
dad de representación y articulación de intereses en los sistemas políticos.
Como una consecuencia de ello, la relación que existe entre los intereses
de los partidos respecto al de los ciudadanos es cada vez más distante.90
Uno de los termómetros que sirven para detectar esta enfermedad son los
resultados de las elecciones federales que han puesto nuevamente a debate
algunos aspectos relevantes del sistema electoral y de partidos. Uno de ellos
es el que tiene que ver con el costo que representa para el pueblo, tanto el
voto personal como el mantenimiento (de los partidos en general); pero de
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representación política no logra extenderse en la sociedad.
Además de lo anterior, los partidos políticos —señala Eduardo López Betan-
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se les otorga. A manera de ejemplo, en el caso de México, basta señalar que,
según cifras del Instituto Federal Electoral, para las elecciones presidencia-
les de 2006, los recursos destinados a gastos de campaña de los partidos as-
cendieron a más de cuatro mil millones de pesos.91 Cabe puntualizar que ese
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nuevos, en el sistema electoral mexicano constituye un fuerte estímulo para
buscar el reconocimiento legal como partidos políticos, o en su caso, como
asociaciones políticas nacionales.
Delimitación de términos
Según Max Weber, la política sería aspiración a la participación en el poder
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90
“Un balance general sobre los partidos nuevos y agrupaciones políticas en México”, en
F. Salinas (coord.), Democratización y tensiones de gobernabilidad en América Latina, Gernica,
México, 2006, p. 171.
91
“Los partidos políticos”, en la revista Pensamiento libre, año 1, núm. 2, julio-agosto 2010,
p. 7.

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