Democracia y medios de comunicación

AutorVirgilio Ruiz Rodríguez
Páginas65-79
65
Democracia
de medidas o acciones, el reconocimiento previo de derechos individuales
sería absolutamente inoperante ; bastaría con determinar en cada
caso si el goce de un cierto bien por parte de un individuo favorece o me-
noscaba esa persecución del bien común.168 Robert Nozick comparte este
ideal al escribir “que los derechos funcionan como restricciones laterales
a la persecución de objetivos colectivos”.169 Por ejemplo, si tengo derecho a
decir lo que pienso sobre temas políticos, entonces el Gobierno actúa inco-
rrectamente si me pone fuera de la ley por hacerlo, aunque piense que actúa

personas deben tener especial protección contra la ley cuando están en jue-
go sus derechos. Pero hay ocasiones en que la intervención del gobierno se
-
kin— cuando se constituye en delito la libertad de expresión; el gobierno,

contra de él.170 Esta actitud es aceptable en caso de la comisión de un delito

 
en cuestión sea un incremento del respeto por la ley.
Democracia y medios de comunicación
Una de las cuestiones centrales que determinan el avance del razonamiento
público y de la democracia en el mundo —indica Amartya Sen— es la apues-
ta por una prensa libre e independiente; o lo que es lo mismo, la necesidad
de unos medios de comunicación libres y vigorosos se reconoce con rapidez
a lo largo y ancho del planeta.171 Más adelante, indica que unos medios libres
168 Nino, C., Ética y derechos humanos. Un ensayo de fundamentación, Editorial Astrea, Buenos
Aires, Argentina, 2007, p.p.261-262.
169 Nozick, R., Anarquía, Estado y utopía, trad. Rolando Tamayo, F.C.E, México, 1988, p. 45.
170 Dworkin, R., Los derechos en serio, trad. Marta Guastavino, Ariel Derecho, Barcelona,
2002, p. 287.
171 Sen, A., op. cit., p. 365.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR