Definiciones

AutorAntonio Luna Guerra
Páginas17-22
REGIMEN FISCAL DE LAS ACTIVIDADES AGROPECUARIAS 17
CAPITULO I
DEFINICIONES
Con base en el artículo 16 del CFF, se definen de la siguien-
te manera las citadas actividades:
1. ACTIVIDADES AGRICOLAS
Las de siembra, cultivo, cosecha y la primera enajenación
de los productos obtenidos, que no hayan sido objeto de
transformación industrial.
Conforme al Diccionario de la Real Academia de la Lengua
Española, agricultura proviene del latín agricultura, que signi-
fica labranza o cultivo de la tierra, el arte de cultivar la tierra.
2. ACTIVIDADES GANADERAS
La cría y engorda de ganado, aves de corral y animales,
así como la primera enajenación de sus productos, que no
hayan sido objeto de transformación industrial.
Conforme al Diccionario de la Real Academia de la Len-
gua Española, ganadería significa conjunto de los ganados
de una región o país. Conjunto de reses bravas de la misma
casta que se conocen con el nombre del propietario, la crian-
za, granjería o tráfico de ganados.
3. ACTIVIDADES PESQUERAS
La cría, cultivo, fomento y cuidado de la reproducción de
toda clase de especies marinas y de agua dulce, incluida la
acuacultura, así como la captura y extracción de las mismas y
la primera enajenación de esos productos, que no hayan sido
objeto de transformación industrial.
Conforme al Diccionario de la Real Academia de la Lengua
Española, pesquera proviene del latín piscarius, que significa

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