Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento del Registro Aeronáutico Mexicano.

Fecha de entrada en vigor20 Octubre 2021
Fecha de publicación19 Octubre 2021
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento del Registro Aeronáutico Mexicano
DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento del Registro Aeronáutico Mexicano. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 17 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6, fracción VI; 46, párrafo segundo y 47, párrafo segundo de la Ley de Aviación Civil, y 75, párrafo segundo de la Ley de Aeropuertos, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL
REGLAMENTO DEL REGISTRO AERONÁUTICO MEXICANO
ARTÍCULO ÚNICO.- Se REFORMAN los artículos 4; 8, fracción I, inciso j); 11; 12 y 30, y se ADICIONA la fracción I Bis al artículo 3 del Reglamento del Registro Aeronáutico Mexicano, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 3.- ...
I. ...
I Bis. Folios: Son los documentos físicos o electrónicos, que contendrán los datos de identificación, así como los asientos de los actos jurídicos o de los hechos jurídicos o el de ambos, que se inscriban en el Registro, observando las formalidades que establecen las Leyes y el presente Reglamento;
II. a V. ...
ARTÍCULO 4.- El Registro estará a cargo de la Agencia Federal de Aviación Civil de la Secretaría, la cual se auxiliará de una Dirección que, para el cumplimiento de sus funciones, tendrá su domicilio en la Ciudad de México.
ARTÍCULO 8.- ...
I. ...
a) a i) ...
j) Las demás que le señale el Director General de la Agencia Federal de Aviación Civil, de conformidad con el Reglamento y otros ordenamientos aplicables, y
II. ...
ARTÍCULO 11.- En los Folios que conforman la Sección de Aviación se inscribirán los documentos en que consten los actos objeto de registro siguientes:
I. Los relativos a la adquisición, transmisión, modificación, gravamen o extinción de la propiedad de aeronaves civiles mexicanas y de sus motores, así como la posesión y los demás derechos reales sobre éstos. También los relativos al arrendamiento de aeronaves y motores mexicanos y extranjeros;
II. Los relativos a la adquisición, transmisión, modificación, gravamen o extinción de la propiedad de aeronaves civiles pilotadas a distancia, así como la posesión y los demás derechos reales sobre estas aeronaves;
III. Los certificados de matrícula y de aeronavegabilidad;
IV. Las resoluciones o acuerdos emitidos por la autoridad aeronáutica o por cualquier otra autoridad competente, relacionada con las aeronaves;
V. Los relativos a las concesiones y permisos en materia de servicio de transporte aéreo, así como los actos y resoluciones legales que los modifiquen o terminen, y
VI. Las pólizas de...

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