Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Bienestar.

Fecha de entrada en vigor01 Enero 2022
Fecha de publicación31 Diciembre 2021
EmisorSECRETARIA DE BIENESTAR
DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Bienestar

DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Bienestar.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 14, 17, 18 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE BIENESTAR

ARTÍCULO ÚNICO.- Se REFORMAN el artículo 2, fracción I, inciso c), numerales 24 y 25; se ADICIONAN un numeral 26 al inciso c) de la fracción I del artículo 2; un artículo 28 Bis y las fracciones XV, XVI, XVII, XVIII, XIX y XX al artículo 41, recorriéndose las actuales fracciones XV y XVI para quedar como fracciones XXI y XXII, y se DEROGAN el inciso a) de la fracción II del artículo 2, y los artículos 44 y 45, del Reglamento Interior de la Secretaría de Bienestar, para quedar como sigue:

Artículo 2. ...

I. ...

a) a b) ...

c) ...

1. a 23. ...

24. De Planeación y Análisis;

25. De Padrones de Beneficiarios, y

26. Para el Bienestar y la Cohesión Social;

II. ...

a) Derogado.

b) ...

III. ...

...

Artículo 28 Bis. La Dirección General para el Bienestar y la Cohesión Social tiene las atribuciones siguientes:

I. Promover, impulsar y coordinar acciones de capacitación, formación, asesoría, investigación e información, dirigidas a la vinculación y fortalecimiento de las capacidades institucionales de los gobiernos de las entidades federativas, municipios o demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como de las organizaciones de la sociedad civil vinculadas a tareas de desarrollo social y disminución de la pobreza;

II. Establecer y operar un sistema de educación a distancia en el ámbito nacional, para realizar acciones de capacitación, información, divulgación, enseñanza, preparación y adiestramiento, relativas a temas vinculados con la política social, el desarrollo institucional, y la cohesión social;

III. Colaborar con los gobiernos de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, mediante acciones de vinculación, de consulta, asesoría, asistencia técnica y capacitación, que incidan en el desarrollo institucional en materia de política social y bienestar común;

IV. Coadyuvar con la Unidad de Planeación y Evaluación de Programas para el Desarrollo, en la formulación de lineamientos para la organización y participación de los grupos sociales en la planeación, ejecución, seguimiento y supervisión de los programas de desarrollo social, desde una perspectiva de cultura de la paz y cohesión social, en el ámbito de su competencia;

V. Promover la adecuación del marco jurídico para fomentar la participación social en los procesos de planeación, ejecución, control y evaluación de los programas y acciones de desarrollo social;

VI. Promover la incorporación, en los programas de desarrollo social sectoriales, regionales y...

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