Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Bienestar.
Fecha de entrada en vigor | 01 Enero 2022 |
Fecha de publicación | 31 Diciembre 2021 |
Emisor | SECRETARIA DE BIENESTAR |
DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Bienestar.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 14, 17, 18 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE BIENESTAR
ARTÍCULO ÚNICO.- Se REFORMAN el artículo 2, fracción I, inciso c), numerales 24 y 25; se ADICIONAN un numeral 26 al inciso c) de la fracción I del artículo 2; un artículo 28 Bis y las fracciones XV, XVI, XVII, XVIII, XIX y XX al artículo 41, recorriéndose las actuales fracciones XV y XVI para quedar como fracciones XXI y XXII, y se DEROGAN el inciso a) de la fracción II del artículo 2, y los artículos 44 y 45, del Reglamento Interior de la Secretaría de Bienestar, para quedar como sigue:
Artículo 2. ...
I. ...
a) a b) ...
c) ...
1. a 23. ...
24. De Planeación y Análisis;
25. De Padrones de Beneficiarios, y
26. Para el Bienestar y la Cohesión Social;
II. ...
a) Derogado.
b) ...
III. ...
...
Artículo 28 Bis. La Dirección General para el Bienestar y la Cohesión Social tiene las atribuciones siguientes:
I. Promover, impulsar y coordinar acciones de capacitación, formación, asesoría, investigación e información, dirigidas a la vinculación y fortalecimiento de las capacidades institucionales de los gobiernos de las entidades federativas, municipios o demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como de las organizaciones de la sociedad civil vinculadas a tareas de desarrollo social y disminución de la pobreza;
II. Establecer y operar un sistema de educación a distancia en el ámbito nacional, para realizar acciones de capacitación, información, divulgación, enseñanza, preparación y adiestramiento, relativas a temas vinculados con la política social, el desarrollo institucional, y la cohesión social;
III. Colaborar con los gobiernos de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, mediante acciones de vinculación, de consulta, asesoría, asistencia técnica y capacitación, que incidan en el desarrollo institucional en materia de política social y bienestar común;
IV. Coadyuvar con la Unidad de Planeación y Evaluación de Programas para el Desarrollo, en la formulación de lineamientos para la organización y participación de los grupos sociales en la planeación, ejecución, seguimiento y supervisión de los programas de desarrollo social, desde una perspectiva de cultura de la paz y cohesión social, en el ámbito de su competencia;
V. Promover la adecuación del marco jurídico para fomentar la participación social en los procesos de planeación, ejecución, control y evaluación de los programas y acciones de desarrollo social;
VI. Promover la incorporación, en los programas de desarrollo social sectoriales, regionales y...
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