Decreto número 63.- Por el que se reforma el artículo 10 y el artículo tercero transitorio del decreto 258, publicado el 14 de abril del 2021, por el que se expide la Ley para la Inclusión de las Personas en Situación de Discapacidad del Estado de México.

Viernes 10 de junio de 2022 Sección Segunda Tomo: CCXIII No. 105
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ALFREDO DEL MAZO MAZA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de
México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
La H. “LXI” Legislatura del Estado de México decreta:
DECRETO NÚMERO 63
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el artículo 10 y el artículo Tercero Transitorio del Decreto
Número 258, publicado el 14 de abril del 2021, por el que se expide la Ley para la Inclusión de
las Personas en Situación de Discapacidad del Estado de México, para quedar como sigue:
Artículo 10.- Se crea al Instituto como un organismo público descentralizado, con
personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaría de Salud, que para el
cumplimiento de sus atribuciones gozará de autonomía técnica y de gestión para formular
políticas, acciones, estrategias y programas derivados de esta Ley.
TRANSITORIOS
TERCERO. Se abroga la Ley para la Protección, Integración y Desarrollo de las Personas
con Discapacidad en el Estado de México, publicada en el Periódico Oficial "Gaceta del
Gobierno”, el 31 de agosto de 2012 y se crea al Instituto Mexiquense para la
Discapacidad.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
SEGUNDO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de
México, a los trece días del mes de mayo del año dos mil veintidós.- Presidenta.- Dip. Mónica
Angélica Álvarez Nemer.- Secretaria.- Dip. María Elida Castelán Mondragón.- Dip. Ma. Trinidad
Franco Arpero.- Dip. Juana Bonilla Jaime.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, México, a 1 de junio de 2022.- EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE MÉXICO, LIC. ALFREDO DEL MAZO MAZA.- RÚBRICA.- EL SECRETARIO
GENERAL DE GOBIERNO, MTRO. ERNESTO NEMER ALVAREZ.-RÚBRICA.

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