Decreto Número 62.- Por el que se adiciona un artículo 65 Bis, a la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios.

Viernes 10 de junio de 2022 Sección Segunda Tomo: CCXIII No. 105
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ALFREDO DEL MAZO MAZA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de
México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
La H. “LXI” Legislatura del Estado de México decreta:
DECRETO NÚMERO 62
ARTICULO ÚNICO. Se adiciona un artículo 65 Bis, a la Ley del Trabajo de los Servidores
Públicos del Estado y Municipios, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 65 BIS. Las instituciones públicas estatales y municipales, en el ámbito de sus
competencias y en términos de las disposiciones que al efecto emitan, promoverán y otorgarán
autorizaciones con goce de sueldo íntegro, en los siguientes casos:
I. A las servidoras públicas para que puedan acudir anualmente a instituciones médicas a
realizarse estudios preventivos de cáncer de mama después de los 40 años y cervicouterino por
prescripción médica, y
II. A los servidores públicos a partir de los 40 años, para la realización de estudios
correspondientes a la detección oportuna del cáncer de próstata.
Las instituciones públicas preferentemente establecerán un calendario durante el mes de octubre
de cada año, a fin de que, atendiendo a la naturaleza de las actividades que desempeñen,
gradualmente se otorguen las autorizaciones a favor de las Personas Servidoras Públicas.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
SEGUNDO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de
México, a los tres días del mes de mayo del año dos mil veintidós.- Presidenta.- Dip. Mónica
Angélica Álvarez Nemer.- Secretaria.- Dip. María Elida Castelán Mondragón.- Dip. Ma. Trinidad
Franco Arpero.- Dip. Juana Bonilla Jaime.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, México, a 2 de junio de 2022.- EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE MÉXICO, LIC. ALFREDO DEL MAZO MAZA.- RÚBRICA.- EL SECRETARIO
GENERAL DE GOBIERNO, MTRO. ERNESTO NEMER ALVAREZ.-RÚBRICA.

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