Decreto Número 105.- Por el que se reforma el segundo transitorio del Decreto Número 75 de la H. “LIX” Legislatura del Estado de México, publicado el 18 de marzo de 2016, en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, por el que se expide la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México

Página 2 3 de agosto de 2016
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
DECRETO NÚMERO 105
LA H. "LIX" LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el Segundo Transitorio del Decreto Número 75 de la H. "LIX" Legislatura del Estado de
México, publicado el 18 de marzo de 2016, en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, por el que se expide la Ley que
Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México, para quedar como sigue:
TRANSITORIOS
PRIMERO.
SEGUNDO. La presente Ley entrará en vigor una vez que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva sobre la
acción de inconstitucionalidad 25/2016 y sus acumuladas y que la Legislatura haga las adecuaciones, si las hubiera, de
aquellos artículos que determine la Suprema Corte de Justicia de la Nación como inconstitucionales, y sean publicadas en el
Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
TERCERO al QUINTO. ...
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
SEGUNDO. Este Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno".
TERCERO. Se derogan las disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan a lo establecido en el presente
Decreto.
Lo tendrá por entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los veintiocho
días del mes de julio del año dos mil dieciséis.- Presidenta.- Dip. Mirian Sánchez Monsalvo.- Secretarios.- Dip. Anuar
Roberto Azar Figueroa.- Dip. Miguel Ángel Xolalpa Molina.- Dip. Irazema González Martínez Olivares.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, Méx., a 3 de agosto de 2016.
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
(RÚBRICA).
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ S. MANZUR QUIROGA
(RÚBRICA).

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