Decreto Núm. 332.- por El que Reforman y Adicionan Diversas Disposiciones de La Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Movilidad y Seguridad Vial.

Tomo ESTADO DE Col., sábado 21 de noviembre de 2020; Núm. 77, pág. 3209 EL 105, Colima, COLIMA

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DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO DECRETO NÚM. 332.- POR EL QUE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL. JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes hace sabed: Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente DECRETO EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 Y 40 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN NOMBRE DEL PUEBLO EXPIDE EL PRESENTE DECRETO, CON BASE EN LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES: 1.- En sesión ordinaria celebrada el día 20 de noviembre de 2018, la Senadora María Guadalupe Saldaña Cisneros, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de movilidad. En esa misma fecha, el Presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, turnó la iniciativa de referencia a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; Zonas Metropolitanas y Movilidad; y de Estudios Legislativos Primera, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente. 2.- En sesión ordinaria celebrada el día 22 de mayo de 2019, el Senador Primo Dothé Mata, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, presentó la iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma la fracción XVII del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de seguridad vial. En esa misma fecha, el Presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, turnó la iniciativa de referencia a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; Zonas Metropolitanas y Movilidad; y de Estudios Legislativos Segunda, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente. 3.- En sesión de la Comisión Permanente celebrada el día 03 de julio de 2019, la Senadora Xóchitl Gálvez Ruiz, del Partido Acción Nacional, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 115, fracción 111, inciso h) y se adiciona un último párrafo al artículo 4 y una fracción XXX-A, al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de seguridad vial. En esa misma fecha, el Presidente de la Mesa Directiva, turnó la iniciativa de referencia a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; y de Estudios Legislativos, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente. 4.- En sesión ordinaria celebrada el día 10 de septiembre de 2019, la Senadora Patricia Mercado Castro, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó la iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de seguridad vial. En esa misma fecha, el Presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, turnó la iniciativa de referencia a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; Zonas Metropolitanas y Movilidad; y de Estudios Legislativos Segunda, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente. 5.- En sesión ordinaria del día 05 de diciembre de 2019, el Pleno del Senado de la República dio cuenta de la rectificación de turno respecto de las iniciativas mencionadas anteriormente, para quedar en las Comisiones de Puntos Constitucionales, de Zonas Metropolitanas y Movilidad, y de Estudios Legislativos Segunda, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente. 6.- El 5 de diciembre de 2019 el Dictamen aprobado en Comisiones Unidas quedó de primera lectura en el Senado de la República. 7.- El 11 de diciembre de 2019, el Pleno del Senado de la República, discutió y aprobó el dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; de Zonas Metropolitanas y Movilidad; y de Estudios Legislativos, Segunda, respecto de

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las iniciativas con Proyecto de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 8.- El 12 de diciembre de 2019, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, recibió de la Cámara de Senadores, la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Federal, en materia de movilidad y seguridad vial. 9.- La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura, turnó la Minuta que ahora se dictamina por las Comisiones Conjuntas, a la Comisión de Puntos Constitucionales de la referida Cámara y para su análisis pertinente. Comisión que formuló su dictamen el pasado 29 de septiembre de 2020, mismo que fue presentado al Pleno el día 14 de octubre de 2020, el cual fue aprobado en votación nominal, por unanimidad de trescientos cincuenta y un votos a favor, aprobándose por mayoría calificada, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de movilidad y seguridad vial. 10.- Seguidos los antecedentes en mención y relativos al proceso legislativo que dio lugar a la reforma Constitucional, se instruyó que la referida minuta se turnase a los Congresos Locales para los efectos del artículo 135 de la Ley Fundamental, el cual establece en tratándose de reformas constitucionales, el requisito para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados. 11.- Mediante oficio número DPL/1732/2019, del 22 de octubre de 2020, las Diputadas Secretarias de la Mesa Directiva del H. Congreso del Estado de Colima, turnaron a las Comisiones dictaminadoras el oficio número D.G.P.L.64-II-3-2049, de fecha 14 de octubre de 2020, suscrito por la Diputada Mónica Bautista Rodríguez, Secretaria de la Mesa Directiva, de la Cámara de Diputados del H. Congreso del Unión, mediante el cual remite la Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Movilidad y Seguridad Vial. 14.- Es por ello que las y los integrantes de las Comisiones que dictaminan, procedemos a realizar el siguiente: ANÁLISIS DE LA MINUTA I.- Que la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción XXIX-C del artículo 73; el inciso a) de la fracción V y la fracción VI del artículo 115, y el párrafo segundo del Apartado C del artículo 122; y se adiciona un último párrafo al artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de movilidad y seguridad vial, en su parte considerativa que la sustenta, esencialmente dispone que: “Los integrantes de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; Zonas Metropolitanas y Movilidad; y de Estudios Legislativos, Segunda, del Senado de la República, coincidieron en reconocer el derecho de toda persona a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad; asimismo con la importancia de expedir la ley general en materia de movilidad y seguridad vial, que salvaguarde la integridad de las personas que se desplazan diariamente por las calles, que conserve el bienestar social y las buenas prácticas de las ciudadanas y los ciudadanos mexicanos. En síntesis, sus argumentaciones, discusiones, posicionamientos y motivaciones, fueron las siguientes: a.- Que dada la complejidad en materia de movilidad y seguridad vial en nuestro país, resulta conveniente llevar a cabo una regulación integral y coordinada en todos los ámbitos de gobierno, que sea visible y contemple todos los problemas que nos aquejan como ciudadanos en esta materia. b.- Que en un estudio realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en 2018, en materia de seguridad vial, se destacan un total de 365,167 accidentes de tránsito terrestre en zonas urbanas y suburbanas, en donde un total de 4,227 personas tuvieron un cese de signos vitales y 89,191 resultaron heridos a causa de estos accidentes. c.- Que de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), cada día alrededor de 3,500 personas fallecen en las carreteras, millones de personas sufren heridas o discapacidades cada año; los niños, los peatones, los ciclistas y los ancianos son los usuarios más vulnerables de la vía pública. d.- Que sin duda, los accidentes vehiculares son la causa principal de mortalidad en el país, tanto en conductores como en peatones, derivado de las malas prácticas para la conducción de un automóvil, así como un mal diseño vial.

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e.- Que debido a ello, se considera fundamental velar por la seguridad de las ciudadanas y los ciudadanos, debido a que los accidentes de tránsito han alcanzado cifras alarmantes, convirtiéndose en una de las causas de muerte más comunes. f.- Que es esencial que los países implementen medidas para hacer las vías más seguras, no sólo para los ocupantes de vehículos, sino también para los usuarios más vulnerables de las vías: peatones, ciclistas y motociclistas, toda vez que existen altos índices de mortalidad debido a que no se llevan a cabo con alto rigor las medidas de seguridad ya implementadas en nuestro país, así como en el resto del mundo. g.- Que como consecuencia de lo anterior, se considera necesario, en primer lugar, reconocer el derecho de toda persona a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad. h.- Que, a fin de preservar, garantizar ese derecho y otorgar la mayor protección a las personas, es...

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