Decreto Núm. 295. por El que Se Otorgan Diversos Incentivos Fiscales a Los Contribuyentes del Municipio de Coquimatlán, Colima.

TomoESTADO DE COLIMA EL 105, Colima, Col., sábado 15 de agosto de 2020; Núm. 56, pág. 2419

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DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO DECRETO NÚM. 295. POR EL QUE SE OTORGAN DIVERSOS INCENTIVOS FISCALES A LOS CONTRIBUYENTES DEL MUNICIPIO DE COQUIMATLÁN, COLIMA. EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 Y 40 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN NOMBRE DEL PUEBLO EXPIDE EL PRESENTE DECRETO, CON BASE EN LOS SIGUIENTES A N T E C E D E N T E S: SOLICITUDES DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COQUIMATLÁN. 1.- El C. Ing. Roberto Navarro López, Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Coquimatlán, Colima, mediante oficios identificados con los números 206/2020 y 211/2020, de fecha 07 de julio de 2020, respectivamente, remitió a esta Soberanía dos solicitudes tendientes al otorgamiento de estímulos fiscales a favor de los contribuyentes del Municipio de Coquimatlán, la primera referente a la reducción del 50% del costo del derecho a pagar por el refrendo de licencias comerciales respecto de aquellos establecimientos que fueron declarados como no esenciales durante la pandemia del SARS COV-2, respecto del ejercicio fiscal 2020, y la bonificación del 50% del valor de dicho derecho, en el pago respecto del próximo ejercicio fiscal 2021, para quienes hayan cubierto el pago de ese derecho en forma puntal este año, proponiéndose su vigencia hasta el 31 de agosto del presente ejercicio fiscal; por su parte la segunda de las solicitudes es concerniente a los derechos por la prestación del servicio de agua potable, alcantarillado y saneamiento que presta la Comisión de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado del municipio de Coquimatlán (CAPACO), relativos al descuento del 100% en los recargos generados por la falta de pago oportuno y el 50% de descuento en el pago de los derechos por los servicios de usos doméstico y no doméstico, respecto del ejercicio fiscal 2019 y anteriores, así como las ampliaciones de los descuentos del 8% en el pago estimado anual a los usuarios de cuota fija, y del 50% de descuento en el pago de los derechos por los servicios públicos de agua potable, drenaje y saneamiento a quienes acrediten tener la calidad de pensionado o jubilados y personas de la tercera edad, de cuyos incentivos fiscales se propone una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020. SOPORTE DOCUMENTAL ANEXOS A LAS SOLICITUDES. 2.- A las solicitudes de mérito yacen glosados la certificación de los puntos de acuerdo que elabora el C. Secretario de dicho Ayuntamiento, respecto del acta número 58 de la Sesión Extraordinaria del H. Cabildo, celebrada el día 06 de julio de 2020, de la que se logra advertir que los puntos identificados con los números 8 y 12 fueron aprobados de manera unánime por los integrantes de ese cuerpo edilicio. Del mismo modo, se anexa el dictamen elaborado por la Comisión de Hacienda Municipal que versa sobre la iniciativa presentada por el Presidente Municipal, en relación a la petición de que se otorguen estímulos fiscales en materia del refrendo de licencias comerciales que ya se han explicado en el punto anterior. ESTIMACIÓN DE IMPACTO PRESUPUESTARIO. 3.- En ese mismo tenor, obra inserto al material documental que engrosa el presente dictamen, el escrito signado por el Director General de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Coquimatlán (CAPACO), por medio del cual eleva justificación jurídico-financiera respecto de la solicitud de los incentivos fiscales que se han detallado con antelación, inherentes propiamente a los cobros por la contraprestación de los servicios de agua potable, drenaje y alcantarillado que dicho organismo brinda a los habitantes del municipio de Coquimatlán, estableciendo que el monto económico al que actualmente asciende la morosidad de los contribuyentes lo es por la cantidad de $39´965,024.69 (Treinta y nueve millones novecientos sesenta y cinco mil veinticuatro pesos 69/100 m.n.), pretendiendo recaudar hasta un 50% con la implementación de los estímulos fiscales que solicitan, es decir, $19´982,512.34 (Diecinueve millones novecientos ochenta y dos mil quinientos doce pesos 34/100 m.n.), razón por redundaría en un impacto presupuestal positivo. 4.- Obra además el oficio número TM 185/2020 que en fecha 04 de julio de 2020 suscribe la Tesorera Municipal, a través del cual se establece que, de aprobarse el descuento del 50% en el pago del refrendo de las licencias comerciales de aquellos establecimientos cuyos giros fueron considerados como no esenciales, se ingresaría a las arcas municipales la

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cantidad aproximada de $83,044.55 (Ochenta y tres mil cuarenta y cuatro pesos 55/100 m.n.) para este ejercicio fiscal 2020; mientras que para el próximo ejercicio fiscal 2021, respecto de la bonificación del 50% del costo de los derechos a que accederán quienes han cubierto de manera oportuna tal contribución, se prevé captar un monto superior a los $49,482.28 (Cuarenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y dos pesos 28/100 m.n.), que se sumarán al monto económico que dicho Ayuntamiento logre recaudar de manera íntegra por el cobro de ese tributo. Con lo anterior, se da cabal cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 16, párrafo segundo, de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y 58, punto 1, de la Ley de Planeación Democrática para el Desarrollo del Estado de Colima. TURNO A COMISIÓN LEGISLATIVA. 5.- Mediante oficio número DPL/1531/2020, de fecha 09 de julio de 2020, los Diputados Secretarios de la Mesa Directiva, del Honorable Congreso del Estado de Colima, turnaron a esta Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, las solicitudes descritas para efectos de su estudio, análisis y elaboración del dictamen correspondiente. EMISIÓN DE DECRETO PREVIO POR ESTA SOBERANÍA. 6.- De las memorias legislativas de este Poder del Estado se advierte que mediante Decreto número 263, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Colima” el 30 de marzo del 2020, el Pleno de esta Soberanía aprobó diversos estímulos fiscales a favor de los contribuyentes del municipio de Coquimatlán, Colima, de entre los que destacan la autorización de prorrogar el descuento del 8% en el pago estimado anual de los derechos de servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, respecto del ejercicio fiscal 2020, así como el descuento del 100% en los recargos generados y las multas impuestas por la falta de pago oportuno en los referidos servicios, respecto del ejercicio fiscal 2019 y ejercicios fiscales anteriores, y la ampliación del plazo para el refrendo de licencias comerciales y licencias para el funcionamiento de establecimientos o locales cuyos giros sean la venta de bebidas alcohólicas, los cuales permanecieron vigentes hasta el pasado 31 de julio del presente año. Por lo antes expuesto, la Diputada y los Diputados que integramos esta Comisión dictaminadora, procedimos a realizar el siguiente: ANÁLISIS DE LA I N I C I A T I V A:

I.- En relación a la solicitud remitida mediante oficio número 211/2020, correspondiente a la presentada por el titular de la Comisión de Agua potable y Alcantarillado del Municipio de Coquimatlán, de la misma se desprende: Que de acuerdo a la Ley de Aguas para el Estado de Colima en ÚLTIMA REFORMA DECRETO 134, P.O. 63, SUP. NO. 4 de fecha 15 de octubre de 2016, misma que establece en la SECCIÓN SEGUNDA, ATRIBUCIONES Y PATRIMONIO DE LOS ORGANISMOS artículo 20 fracciones XX y XXVI mismo que se trascribe “ARTICULO 20.- Corresponderá a los organismos operadores municipales: XX.- Ejercer las facultades de determinación y cobro previstas en el código...

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