Decreto No. 13

EstadoSinaloa
MunicipioAngostura
AYUNTAMIENTO
C. SR. RAMÓN ANGULO SANTOS, Presidente Constitucional de Angostura, Sinaloa; a sus
habitantes hace saber:
Que el H. Ayuntamiento de este Municipio, por conducto de su Secretario ING. JESÚS MARTÍN
CHAVIRA MARES se ha servido comunicar que:
Con fundamento en el artículo 115, Fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; artículo 45, Fracción IV de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; artículo 20,
Fracción VIII, artículo 69, artículo 70 fracción III y 71 fracción VI de la Ley Orgánica Municipal; y
artículo 21, Fracción VI del Reglamento Interno de la Administración del Municipio de Angostura,
Sinaloa.
DECRETO QUE CREA Y REGLAMENTA LOS CONSEJOS CÍVICOS DE
PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL MUNICIPIO DE ANGOSTURA, SINALOA*
CAPÍTULO I
De la Naturaleza
Artículo 1. Se crean los Consejos Cívicos de Participación Ciudadana como organismos no
integrantes de la estructura administrativa del H. Ayuntamiento. Sin embargo, dichos organismos
estarán dotados de Personalidad Jurídica y Patrimonio propios.
Artículo 2. Los Consejos Cívicos de Participación Ciudadana deberán adoptar la naturaleza de
Asociación Civil en los términos a que se refiere el Código Civil para el Estado de Sinaloa en materia
común; y serán regulados además por el presente reglamento y las disposiciones que emita el H.
Ayuntamiento y le sean aplicables.
Artículo 3. Los Consejos Cívicos de Participación Ciudadana deberán de contar con su propio
registro federal de causantes para efectos de hacer legales todas sus operaciones.
Artículo 4. Los Consejos Cívicos de Participación Ciudadana en ningún caso ejercerán funciones de
autoridad.
Artículo 5. La Contraloría Municipal llevará un registro de los Consejos Cívicos de Participación
Ciudadana que se constituyan dé acuerdo con las presentes reglas. Para estos efectos una vez
constituidos dichos Consejos en un plazo máximo de 30 días naturales posteriores a su constitución
deberán remitir a dicha Contraloría su acta constitutiva, así como la especificación de su ámbito
geográfico y la relación de socios para que se proceda a su inscripción.
* Publicado en el P.O. No. 47 de fecha lunes 19 de abril de 1999.

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