Decreto NO. 108 Se Reforma el Artículo único del Decreto Número 75 de Fecha 29 de Febrero de 2016; Así Como el Artículo Primero y Artículo Segundo del Decreto Número 80 de Fecha 15 de Marzo de 2016, Relacionado con la Ampliación en Descuento por Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento, de los Diez Municipios; Así Mismo, Se Reforma el Artículo 41 Z Bis 12, Se Reforma el Segundo Párrafo de la Fracción Iv del Artículo 53, de la Ley de Hacienda del Estado de Colima y Se Reforma el Artículo 7, Fracción Ii, Inciso A, Numeral 2, de la Ley de Ingresos del Estado de Colima para el Ejercicio Fiscal 2016.

Tomo 101, Colima, Col., Sábado 18 de Junio del año 2016; Núm. 34, pág. 7.

DECRETO No. 108

SE REFORMA EL ARTÍCULO ÚNICO DEL DECRETO NÚMERO 75 DE FECHA 29 DE FEBRERO DE 2016; ASÍ COMO EL ARTÍCULO PRIMERO Y ARTÍCULO SEGUNDO DEL DECRETO NÚMERO 80 DE FECHA 15 DE MARZO DE 2016, RELACIONADO CON LA AMPLIACIÓN EN DESCUENTO POR SERVICIOS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO, DE LOS DIEZ MUNICIPIOS; ASÍ MISMO, SE REFORMA EL ARTÍCULO 41 Z BIS 12, SE REFORMA EL SEGUNDO PÁRRAFO DE LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 53, DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE COLIMA Y SE REFORMA EL ARTÍCULO 7, FRACCIÓN II, INCISO A, NUMERAL 2, DE LA LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE COLIMA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016.

LIC. JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente

D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN XL Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y ;

C O N S I D E R A N D O:

Las adversidades económicas que atraviesa el país se traslada hasta los hogares colimenses, afectando mayormente a las familias en situación de pobreza; con lo que el Gobierno, desde todos sus ámbitos y órdenes, deben implementar acciones que contrarresten dicho escenario.

El Impuesto Predial es una de las recaudaciones importantes para los Municipios, debido a que es ingreso propio; los ayuntamientos deben recaudarlo, administrarlo y fiscalizarlo; de hacerse de manera eficaz, trae consigo que los Gobiernos Municipales estén en posibilidades de brindar mejores servicios públicos, como el alumbrado público, la seguridad, la recolección de basura, construcción de banquetas, calles, puentes, canchas deportivas, etc. Es por ello, que los Ayuntamientos, buscan alternativas para lograr una buena recaudación en el impuesto predial, pues resulta uno de los ingresos más representativos económicamente en comparación con otro tipo de impuestos o derechos.

Asimismo, recordemos que uno de los servicios públicos más importante y protegido por la propia Constitución Federal como un derecho vital, es el derecho al agua potable, por lo que, los Gobiernos Municipales realizan todos sus esfuerzos para que todas las personas gocen del acceso al primordial líquido.

Los Organismos Operadores de Agua, deben velar para que los Colimenses gocen con drenaje, alcantarillado, saneamiento y sobre todo de agua potable, por lo menos para las mínimas necesidades del ser humano, y todo esto le cuesta dinero al Organismo.

Por otro lado, tenemos al ciudadano preocupado por cumplir con sus obligaciones y cuidar su patrimonio que se ve reflejado en el cumplimiento de los pagos de predial y agua, por ello, realiza dentro de lo posible, su mejor esfuerzo para cubrir todas sus deudas, sin embargo, pese a su voluntad, existen variables interminables como lo es, el bajo

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

salario, poca oferta laboral, incrementos en la canasta básica, y aunado a la inseguridad que últimamente se ha estado incrementando en nuestro Estado, que de alguna manera impactan en la economía de las familias Colimenses que intentan ponerse al corriente con los impuestos y derechos.

Es por tal razón que, preocupados por nuestros representados para que se pongan en regla con sus deudas de impuestos predial y agua, así como, para que los Gobiernos Municipales y los Organismos Operadores de Agua, puedan tener una mejor recaudación, proponemos ante esta Soberanía, incentivos fiscales de pago, mismos que se desglosaran con descuentos en las multas y recargos de ambos...

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