Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 4-62-92.96 hectáreas de terrenos de temporal de uso parcelado, del ejido San Miguel Detzani hoy Benito Juárez, Municipio de Zimapán, Hgo.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo, de la propia Constitución; 13, 29 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 93, fracción VIII, y 94 de la Ley Agraria, y 1o., fracción VI, de la Ley de Expropiación, y

RESULTANDO

PRIMERO.- Que por oficio número 73233 de 18 de agosto de 2007, la Secretaría de la Defensa Nacional solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria, hoy Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, la expropiación de 4-83-47.153 hectáreas, de terrenos pertenecientes al ejido denominado "BENITO JUÁREZ", Municipio de Zimapán, Estado de Hidalgo, para destinarlos a la construcción de instalaciones militares, para el desarrollo de actividades castrenses y adiestramiento del personal militar en esa región, conforme a lo establecido en el artículo 93, fracciones I y VIII, y 94 de la Ley Agraria, en relación con el artículo 1o., fracción I y VI de la Ley de Expropiación, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley.

SEGUNDO.- Que el expediente fue registrado con el número 13460/SEDENA. El núcleo agrario fue notificado de la instauración del procedimiento expropiatorio a través de los integrantes del Comisariado Ejidal, mediante cédula de notificación número DEH/EO/2013/0220/02692 de 9 de octubre de 2013, recibida el 11 del mismo mes y año, sin que haya manifestado inconformidad al respecto.

Iniciado el procedimiento relativo a los trabajos técnicos e informativos, se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 4-62-92.96 hectáreas, de terrenos de temporal de uso parcelado, resultando afectada la parcela 1192 que se encuentra en conflicto.

TERCERO.- Que la superficie que se expropia se encuentra ocupada por la Secretaría de la Defensa Nacional con las instalaciones militares, para el desarrollo de actividades castrenses y adiestramiento del personal militar, por tanto, la citada superficie no es susceptible de labores agrícolas, por lo que resulta procedente tramitar el presente instrumento, a fin de regularizar la situación jurídica imperante y, en consecuencia, el núcleo agrario afectado se encuentre en aptitud de recibir el pago de la indemnización correspondiente.

CUARTO.- Que terminados los trabajos técnicos e informativos mencionados en el resultando segundo y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de 6 de julio de 1938, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de agosto y ejecutada el 18 de septiembre del mismo año y 27 de abril de 1993, se concedió por concepto de restitución de tierras al ejido denominado "SAN MIGUEL DETZANI", Municipio de Zimapán, Estado de Hidalgo, una superficie de 10,311-80-00 hectáreas, entregándose una superficie de 10,261-80-00 hectáreas, de conformidad con el plano definitivo, para beneficiar a 46 campesinos capacitados en materia agraria, más la escuela rural; por Resolución Presidencial de 15 de marzo de 1961, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1o. de abril del mismo año y ejecutada el 28 de mayo de 1993, se concedió por concepto de ampliación de ejido al núcleo agrario denominado "BENITO JUÁREZ" antes "SAN MIGUEL DETZANI", Municipio de Zimapán, Estado de Hidalgo, una superficie de 62-00-00 hectáreas, para beneficiar a 78 campesinos capacitados en materia agraria; por Decreto del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR