Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 3-95-59 hectáreas de temporal de uso común y parcelado, de terrenos del ejido Santa Fe Tepetlapa, Municipio de Buenavista de Cuéllar, Gro.

Fecha de disposición11 Junio 2015
Fecha de publicación11 Junio 2015
EmisorSECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 13, 36 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 93, fracción VII, 94 de la Ley Agraria, y

RESULTANDO

PRIMERO.- Que por oficio número 103.401.-14458 de 19 de septiembre de 1984, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria, hoy Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, la expropiación de 8-39-36 hectáreas, de terrenos pertenecientes al ejido denominado "SANTA FE TEPETLAPA", Municipio de Taxco, Estado de Guerrero, para destinarlos a la construcción de la carretera Cuernavaca-Taxco, tramo Amacuzac-Taxco, fundamentándola en los artículos 112, fracción II, y 343 de la Ley Federal de Reforma Agraria, y se comprometió a cubrir la indemnización correspondiente en términos de Ley.

Posteriormente mediante oficio número 1.2.410.- 03483 de 28 de marzo de 2007, justificó y confirmó la causa de utilidad pública.

SEGUNDO.- Que el expediente fue registrado con el número 6795/S.C.T. El núcleo agrario fue notificado de la instauración del procedimiento expropiatorio a través de los integrantes del Comisariado Ejidal, así como a ejidatarios afectados, mediante cédulas de notificación números 0002248, 0002249 y 0002250 todas de 9 de noviembre de 2006, recibidas el 23 de febrero de 2007, sin que hayan manifestado inconformidad al respecto.

Iniciado el procedimiento relativo a los trabajos técnicos e informativos, se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 3-95-59 hectáreas, de terrenos de temporal, de los cuales 2-93-89 hectáreas, son de uso común y 1-01-70 hectárea, de uso parcelado, resultando afectadas las parcelas siguientes:

No.
NOMBRE
PARCELA
SUPERFICIE EN
HECTÁREAS.
CALIDAD
1.-
Daniel Salgado Juárez
139
0-13-16
Temporal
2.-
Alberto Juárez Mendoza
152
0-58-26
Temporal
3.-
Asignadas al ejido
121 y 138
0-30-28
Temporal
Uso
Parcelado
1-01-70
Temporal
Uso común
2-93-89
Temporal
TOTAL
3-95-59

TERCERO.- Que la superficie que se expropia se encuentra ocupada por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes con la carretera Cuernavaca-Taxco, tramo Amacuzac-Taxco, por tanto, la citada superficie no es susceptible de labores agrícolas, por lo que resulta procedente tramitar el presente instrumento, a fin de regularizar la situación jurídica imperante y en consecuencia el núcleo agrario y ejidatarios afectados se encuentren en aptitud de recibir el pago de la indemnización correspondiente.

CUARTO.- Que terminados los trabajos técnicos e informativos mencionados en el resultando segundo y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de 20 de febrero de 1924, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo y ejecutada el 12 de abril del mismo año, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido denominado "TEPETLAPA", Municipio de Taxco, Estado de Guerrero, una superficie de 819-00-00 hectáreas, para beneficiar a 78 campesinos capacitados en materia agraria; y por Resolución Presidencial de 29 de julio de 1936, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de octubre y ejecutada el 20 de noviembre del mismo año, se concedió por concepto de ampliación de ejido al núcleo agrario denominado "SANTA FE TEPETLAPA", Municipio de Taxco, Estado de Guerrero, una superficie de 466-80-00 hectáreas, para beneficiar a 3 campesinos capacitados en...

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