Del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa (DOF 26/XII/2013)

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Cargo del AutorContador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) - Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN)
Páginas1247-1248

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Remuneraciones por servicio personal subordinado

1.12.- Los contribuyentes que perciban ingresos de los previstos en el primer párrafo o la fracción I del artículo 94 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, excepto los percibidos por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos por separación, en lugar de aplicar la tabla contenida en el artículo Décimo del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2013, podrán aplicar la siguiente:

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TRANSITORIOS

Del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, vigente a partir del 1o. de enero de 2014 (DOF 26/XII/2013)

Entrada en vigor

Primero.- El presente Decreto entrará en vigor el 1 o. de enero de 2014, salvo lo dispuesto en la fracción VI del transitorio Tercero de este Decreto, la cual entrará en vigor el día de su publicación en el Diario...

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