Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 21-07-74 hectáreas de temporal de uso común, de terrenos del ejido Hampolol, Municipio de Campeche, Camp.

Fecha de disposición18 Octubre 2012
Fecha de publicación18 Octubre 2012
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción VII, 94 al 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76 al 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio sin número de fecha 16 de julio de 2007, el Gobierno del Estado de Campeche solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 21-07-62.89 Has., de terrenos pertenecientes al ejido denominado "HAMPOLOL", Municipio de Campeche, Estado de Campeche, para destinarlos a la construcción de un subtramo carretero denominado Hampolol-Tenabo, que forma parte del tramo Campeche-Tenabo de la carretera federal Campeche-Mérida, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción VII y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley, registrándose el expediente con el número 13309, notificando a los integrantes del Comisariado Ejidal del citado núcleo agrario, la instauración del procedimiento expropiatorio, mediante cédula de notificación número 002990 de fecha 3 de junio de 2011, recibida el mismo día, sin que hayan manifestado inconformidad al respecto. Iniciado el procedimiento relativo a los trabajos técnicos e informativos, se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 21-07-74 Has., de terrenos de temporal de uso común.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que terminados los trabajos técnicos e informativos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 26 de julio de 1917, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de septiembre del mismo año, y ejecutada el 9 de febrero de 1918, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido "HAMPOLOL", Municipio de Campeche, Estado de Campeche, una superficie de 630-00-00 Has., para beneficiar a 42 campesinos capacitados en materia agraria; por Resolución Presidencial de fecha 28 de mayo de 1925, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de julio del mismo año, y ejecutada el 28 de febrero de 1926, se concedió por concepto...

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