Declaratoria por la que se formaliza la nacionalización del inmueble denominado Templo Evangélico Eben-Ezer.

Fecha de publicación26 Julio 2021
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
DECLARATORIA por la que se formaliza la nacionalización del inmueble denominado Templo Evangélico Eben-Ezer
DECLARATORIA por la que se formaliza la nacionalización del inmueble denominado Templo Evangélico Eben-Ezer. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
DECLARATORIA Por la que se formaliza la nacionalización del inmueble denominado "Templo Evangélico Eben-Ezer"
Localizada en:
Domicilio: Calle Independencia No. 35
Colonia Centro
Localidad y Municipio: Amecameca
Estado: México
PABLO ISRAEL ESCALONA ALMERAYA, DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL, con fundamento en los Artículos 27, fracción II y Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, 2º, 3°, 4°, 24, 25 y 26, de la Ley de Nacionalización de Bienes, Reglamentaria de la fracción II del Artículo 27 Constitucional; Artículo 3°, fracción VI, 28, fracción IV, 29, fracción III, 79, fracción II, 83, fracción IV de la Ley General de Bienes Nacionales; Artículo Cuarto Transitorio de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Artículo 2 apartado D) fracción VI y 98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; artículos 1°, 11 fracciones I, XV y XVIII del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
CONSIDERANDO
1. Que el inmueble denominado "Templo Evangélico Eben-Ezer", ubicado en calle Independencia No. 35, Colonia Centro, Localidad y Municipio de Amecameca, Estado de México, con superficie total de 207.00 metros cuadrados y las siguientes medidas y colindancias: Al Norte, 19.40 metros, colinda con Propiedad Privada, Al Sur, 19.60 metros, colinda con Propiedad Privada. Al Oriente, 11.00 metros, colinda con calle Independencia, Al Poniente 10.30 metros, colinda con Propiedad Privada, el cual es de los comprendidos por el Artículo Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, habiendo sido dado de alta ante la Secretaría de Gobernación como inmueble considerado propiedad de la Nación; de conformidad con las constancias que obran en el expediente integrado ante la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, adscrita al Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, órgano desconcentrado de la Secretaría de...

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