Declaratoria de Abandono de la embarcación Ayax.
| Fecha de publicación | 09 Agosto 2024 |
| Emisor | SECRETARIA DE MARINA |
| Sección | UNICA. Poder Ejecutivo |
RESOLUCIÓN Preliminar del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de poliéster resina originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
RESOLUCIÓN PRELIMINAR DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE POLIÉSTER RESINA ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA
Visto para resolver en la etapa preliminar el expediente administrativo AD 17-23 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, en adelante Secretaría, se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes
RESULTANDOS
A. Solicitud
1. El 28 de agosto de 2023, Alpek Polyester México, S.A. de C.V. (antes Dak Resinas Américas México, S.A. de C.V.) e Indorama Ventures Polymers México, S. de R.L. de C.V., en adelante APM e Indorama, respectivamente, o en conjunto las Solicitantes, solicitaron el inicio del procedimiento administrativo de investigación por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones de poliéster resina, en adelante PET o resina de PET, originarias de la República Popular China, en adelante China, independientemente del país de procedencia.
B. Inicio de la investigación
2. El 29 de enero de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, en adelante DOF, la "Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de poliéster resina originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia", en adelante Resolución de Inicio, mediante la cual la Secretaría fijó como periodo de investigación el comprendido del 1 de julio de 2022 al 30 de junio de 2023 y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de julio de 2020 al 30 de junio de 2023.
C. Producto objeto de investigación
1. Descripción general
3. El producto objeto de investigación es el poliéster resina o resina de poli (tereftalato de etileno), conocido también como PET (por las siglas en inglés de Polyethylene Terephthalate), con una viscosidad intrínseca igual o superior a 60 mililitros/gramo (mL/g) (0.60 decilitros/gramo (dL/g), incluyendo mezclas de resina de PET virgen con PET reciclado o recuperado, siempre que dichas mezclas cumplan con los requisitos de viscosidad intrínseca indicados.
4. La cobertura de la investigación no incluye la resina de poli (tereftalato de etileno) 100% reciclada, obtenida mediante el proceso simple de recuperado y reciclado post-consumo, principalmente de botellas de PET.
5. El nombre genérico del producto objeto de investigación es polietileno tereftalato o tereftalato de polietileno, conocido como resina de PET o PET. Su nombre comercial es resina de polietileno tereftalato y se comercializa en forma de pellets plásticos a granel o en súper sacos, a los convertidores finales.
2. Características
6. Todo el PET objeto de investigación comparte las mismas características físicas, debido a que se fabrica a partir de la reacción de policondensación entre el ácido tereftálico (PTA, por las siglas en inglés de Purified Terephthalic Acid) y monoetilen glicol (MEG, por las siglas en inglés de Monoethylene Glycol); por lo tanto, todo el PET es químicamente el mismo.
7. El producto objeto de investigación tiene las siguientes características físicas y organolépticas: se presenta como gránulos plásticos de forma cilíndrica o esférica de color gris o blanco, viscosidad intrínseca (IV) en valores desde 60 mL/g (0.60 (dL/g), contenido de acetaldehído residual máximo de 3 partes por millón, temperatura de fusión entre 245 grados Celsius (°C) y 255°C, sin olor, fácil de reciclar, no corrosivo y tiene propiedades de barrera de entrada de oxígeno y salida de dióxido de carbono.
3. Tratamiento arancelario
8. El producto objeto de investigación ingresó a México durante el periodo analizado, a través de la fracción arancelaria 3907.60.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y deExportación, en adelante TIGIE. Sin embargo, durante el periodo investigado, el producto ingresó por las fracciones arancelarias 3907.61.01 con Número de Identificación Comercial, en adelante NICO, 00 y 3907.69.99 NICO 00 de la TIGIE.
9. Asimismo, las importaciones de resina de PET ingresan al mercado nacional a través de las fracciones arancelarias 3907.61.01 NICO 00 y 3907.69.99 NICO 00 de la TIGIE, cuya descripción es la siguiente:
| Codificación arancelaria
| Descripción
|
| Capítulo 39
| Plástico y sus manufacturas
|
| Partida 39.07
| Poliacetales, los demás poliéteres y resinas epoxi, en formas primarias; policarbonatos, resinas alcídicas, poliésteres alílicos y demás poliésteres, en formas primarias.
|
| | -Poli (tereftalato de etileno):
|
| Subpartida 3907.61
| --Con un índice de viscosidad superior o igual a 78 ml/g.
|
| Fracción 3907.61.01
| Con un índice de viscosidad superior o igual a 78 ml/g.
|
| NICO 00
| Con un índice de viscosidad superior o igual a 78 ml/g.
|
| Subpartida 3907.69
| --Los demás.
|
| Fracción 3907.69.99
| Los demás.
|
| NICO 00
| Los demás.
|
Fuente: "Decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación" y "Acuerdo por el que se dan a conocer los Números de Identificación Comercial (NICO) y sus tablas de correlación", publicados en el DOF el 7 de junio y el 22 de agosto de 2022, respectivamente.
10. La unidad de medida para la resina de PET establecida en la TIGIE, es el kilogramo (Kg).
11. De acuerdo con el "Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación", publicado en el DOF el 15 de agosto de 2023, las importaciones que ingresen a través de las fracciones arancelarias 3907.61.01 y 3907.69.99 de la TIGIE estarán sujetas a un arancel temporal del 25% aplicable del 16 de agosto de 2023 al 31 de julio de 2025.
12. De acuerdo con el "Decreto por el que se reforma el diverso por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial", publicado en el DOF el 27 de diciembre de 2023, las importaciones realizadas al amparo del Programa de Promoción Sectorial de la Industria de Manufacturas del Caucho y Plástico tienen un arancel del 9% para la mercancía que ingresa a través de la fracción arancelaria 3907.61.01 de la TIGIE; en el caso de las importaciones que ingresan por la fracción arancelaria 3907.69.99 de la TIGIE, realizadas al amparo del Programa de Promoción Sectorial de la Industria Textil y de la Confección, tienen un arancel del 9% únicamente si tienen un índice de viscosidad superior o igual a 40 mL/g, pero inferior a 70 mL/g.
13. De acuerdo con el "Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación", publicado en el DOF el 22 de abril de 2024, las importaciones que ingresan a través de las fracciones arancelarias 3907.61.01 y 3907.69.99 de la TIGIE, están sujetas a un arancel del 35% durante un periodo de dos años, contado a partir de la entrada en vigor de dicho Decreto.
4. Proceso productivo
14. Los principales insumos para la elaboración del producto objeto de investigación son: ácido PTA y MEG, como materias primas primarias, así como ácido isoftálico y dietilenglicol, en menor proporción. Las hojuelas de material reciclado también son consideradas como materia prima o insumos para producir mezclas de resina de PET virgen con PET reciclado o recuperado.
15. Asimismo, la resina de PET se produce a partir de la reacción de policondensación entre el ácido PTA y MEG. De acuerdo con el estudio estequiométrico y peso molar del PTA y el MEG, para obtener un kilogramo de polietileno tereftalato PET se requiere de 0.86 Kg de PTA y 0.34 Kg de MEG.
16. El proceso productivo del producto objeto de investigación es similar en todo el mundo y comprende los siguientes pasos:
a. esterificación entre el ácido PTA y MEG;
b. reacción de policondensación en fase fusión del 2-Bis hidroxietil tereftalato; y
c. reacción de policondensación del polietileno tereftalato en estado sólido.
17. La descripción del proceso productivo se compone de...
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