Decreto no 105 Se Declaran Procedentes las Sanciones Administrativas en Contra del Exfuncionario C Francisco Contreras Cabrera

Fecha de disposición12 Diciembre 1998
Fecha de publicación12 Diciembre 1998
SecciónSección General
Número de Gaceta51

SE DECLARAN PROCEDENTES LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS EN CONTRA DEL EXFUNCIONARIO FRANCISCO CONTRERAS CABRERA.

FERNANDO MORENO PEÑA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 39, DE LA CONSTITUCION POLITICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y

C O N S I D E R A N D O :

PRIMERO.- Que como resultado de la revisión de la Cuenta Pública del H. Ayuntamiento Constitucional de Villa de Alvarez, Col., realizada por la Contaduría Mayor de Hacienda con fundamento en la fracción III, del artículo 4, de su Ley Orgánica, este órgano técnico informó al Pleno, por conducto de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, los resultados de la misma, en cumplimiento a lo dispuesto en la fracción V del numeral antes citado.

SEGUNDO.- Que este H. Congreso del Estado con fecha 15 de junio del año en curso, expidió el Decreto No. 61, en el cual, en el punto resolutivo segundo, se ordenó dar trámite a las sanciones administrativas que se mencionan en el Considerando Noveno de dicho documento; lo que fue cumplimentado por la Diputación Permanente quien turnó a la Comisión de Responsabilidades el Decreto citado para los efectos legales correspondientes.

TERCERO.- Que dentro de las irregularidades mencionadas en el Considerando Noveno del Decreto citado, existen observaciones que no quedaron debidamente aclaradas y que implican violaciones a la normatividad que rige el quehacer municipal y como consecuencia, deben ser sujetas a sanciones.

Que de las observaciones que se mencionan en el Considerando Noveno dice:

Del SR. FRANCISCO CONTRERAS CABRERA, exoficial mayor: El haber dado de baja bienes del inventario sin tener autorización de cabildo para ello, por la cantidad de $37,878.96; el haber recibido ingresos por la renta del casino municipal, no habiéndolos depositado en las cuentas del Ayuntamiento y haber ejercido de manera directa una parte de ellos, depositando el saldo hasta 1998; el haber comprobado gastos de 1995 por la cantidad de $1,277.00 en el año de 1997; el pago de sueldos al Sr. José Rolón Michel hasta la primera quincena de marzo de 1996, a pesar de haber fallecido en el mes de abril de 1995; la falta de control y consumos injustificados de combustibles y lubricantes durante el ejercicio de 1997. Con esas acciones se incumplieron con los siguientes ordenamientos legales: artículo 67 fracción VI, VII y VIII de la nueva Ley Orgánica del Municipio Libre; artículo 38 de la Ley General de Ingresos para 1997 del Municipio de Villa de Alvarez; artículo 30 y 34 de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público Municipal.

CUARTO.- Que en base a lo anterior y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 60 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la Comisión de Responsabilidades mediante oficio número 0541 de fecha 17 de agosto de 1998, citó al C. Francisco Contreras Cabrera, presunto responsable, a una audiencia a celebrar el día 26 de agosto del año en curso a partir de las 11:30 horas, haciéndole saber al inculpado a través del mismo, de las responsabilidades o irresponsabilidades que se le imputan y su derecho a ofrecer pruebas, así como alegar en la misma audiencia lo que a su derecho convenga, por sí o por medio de un defensor, informando de lo anterior al mismo tiempo al H. Ayuntamiento Constitucional de Villa de Alvarez, Col., mediante oficio número 0550 de fecha 19 de agosto del...

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