Decisión del Panel, relativo a la revisión de la Resolución Final de la Investigación Antidumping sobre las Importaciones de Sulfato de Amonio originarias de los Estados Unidos de América y de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

Fecha de disposición19 Diciembre 2019
Fecha de publicación19 Diciembre 2019
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

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DECISIÓN del Panel, relativo a la revisión de la Resolución Final de la Investigación Antidumping sobre las Importaciones de Sulfato de Amonio originarias de los Estados Unidos de América y de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. REVISIÓN ANTE UN PANEL BINACIONAL DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 1904 DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE

EN EL CASO:
RESOLUCIÓN FINAL DE LA INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE SULFATO DE AMONIO ORIGINARIAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA. ESTA MERCANCÍA SE CLASIFICA EN LA FRACCIÓN ARANCELARIA 3102.21.01 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN.
EXPEDIENTE DEL SECRETARIADO:
MEX-USA-2015-1904-01

INTEGRANTES DEL PANEL BINACIONAL

Andrea Bjorklund

Oscar Cruz Barney

David Cohen

Jorge Nacif Íñigo

Hugo Perezcano Díaz, Presidente

29 de noviembre de 2019

Índice

Índice

Glosario de definiciones, abreviaturas y acrónimos

Procedimientos de la UPCI referidos en la presente Decisión

Informes de la OMC referidos en la presente Decisión

Decisiones de paneles binacionales establecidos conforme al artículo 1904 del TLCAN referidas en la Decisión

  1. INTRODUCCIÓN

  2. PARTICIPANTES

    1. Reclamantes

    2. Autoridad Investigadora

    3. Participante en apoyo a los alegatos esgrimidos en la reclamación de AdvanSix e Isaosa

    4. Participantes en oposición a los alegatos esgrimidos en la reclamación de AdvanSix e Isaosa

  3. ANTECEDENTES PROCESALES

    1. De la investigación administrativa

    2. Del procedimiento de revisión ante el Panel Binacional

  4. CRITERIO DE REVISIÓN

  5. ANÁLISIS DEL PANEL

    1. Excepciones preliminares de la autoridad investigadora

      1. La Reclamante solicita que el Panel Binacional declare la nulidad de la Resolución Final.

      2. La falta de motivación y fundamentación no es una causal de ilegalidad aplicable.

    2. Análisis del alegato de que la Autoridad Investigadora dio inicio a la investigación antidumping

      sin disponer de pruebas suficientes sobre la existencia del dumping, en violación del artículo 5.3 del Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994

      1. Posición de las Partes

      2. Decisión del Panel Binacional

    3. Análisis del alegato de que la Resolución Final es ilegal toda vez que el daño se limita a un solo productor, por lo que no puede considerarse representativo de la industria nacional en contravención a lo dispuesto por el artículo 63 del RLCE.

      1. Posición de las Partes

      2. Decisión del Panel Binacional

    4. Análisis del alegato sobre el cumplimiento de la Autoridad Investigadora con el artículo 3.1 del Acuerdo Antidumping

      1. Posición de las Partes

      2. Decisión del Panel Binacional

    5. Análisis del alegato sobre la presunta violación del artículo 3.5 del Acuerdo Antidumping

      1. Posición de las Partes

      2. Decisión del Panel Binacional

    6. Análisis del Alegato de que la Resolución Final es incompatible con el artículo 3.3 del Acuerdo Antidumping dado que la Autoridad Investigadora procedió a acumular las importaciones de los Estados Unidos de América y las importaciones de China, no obstante que la acumulación no era apropiada a la luz de las condiciones de competencia entre dichas importaciones

      1. Posición de las Partes

      2. Decisión del Panel Binacional.

    7. Análisis de la reclamación relativa a que la Resolución Final es ilegal, toda vez se negó el derecho a interrogar durante la Audiencia Pública de la Investigación a una de las empresas productoras en la que se sustenta el mal desempeño de la industria nacional.

      1. Posición de las Partes

      2. Decisión del Panel Binacional

  6. Resolutivo

  7. ORDEN DEL PANEL Binacional

    Glosario de definiciones, abreviaturas y acrónimos

    Término
    Definición
    Acuerdo Antidumping
    Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo
    General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994.
    AdvanSix
    AdvanSix Resins & Chemicals LLC, antes Honeywell Resins
    Chemicals LLC.
    Agrogen
    Agrogen S.A. de C.V.
    Agrosur
    Agrofertilizantes del Sureste, S.A. de C.V.
    Audiencia Pública
    Audiencia Pública de esta revisión ante Panel Binacional, MEX-
    USA-2015 1904-01, celebrada el 25 de junio de 2018.
    Audiencia Pública de la
    Investigación
    Audiencia pública en el marco de la investigación antidumping
    realizada por la UPCI sobre las importaciones de sulfato de
    amonio originarias de Estados Unidos y China, celebrada el 17 de
    junio de 2015.

    Autoridad Investigadora o UPCI
    Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría
    de Economía.
    CAS
    Chemical Abstract Service de la American Chemical Society.
    CFF
    China
    República Popular China.
    Convención de Viena
    Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, 23 de
    mayo de 1969, Decreto de Promulgación publicado en el DOF el
    14 de febrero de 1975.
    DOF
    Diario Oficial de la Federación.
    Estados Unidos
    Estados Unidos de América.
    Expediente Administrativo
    Expediente administrativo 06/14 correspondiente a la
    Investigación.
    Green Markets
    Green Markets Fertilizer News, Pricing, Regulation and Supply
    Chain
    Honeywell
    Honeywell Resins & Chemicals LLC (hoy AdvanSix).
    Investigación
    Investigación antidumping realizada por la UPCI sobre las
    importaciones de sulfato de amonio originarias de Estados Unidos
    y China, iniciada el 12 de agosto de 2014 y finalizada el 09 de
    octubre de 2015, expediente administrativo 06/14.
    Isaosa
    ISAOSA S.A. de C.V.
    LCE

    Memorial (por referencia a AdvanSix)
    Memorial de AdvanSix conforme a la Regla 57 (1) de las Reglas
    de Procedimiento en contra de la Resolución Final de la
    investigación antidumping sobre las importaciones de sulfato de
    amonio, originarias de los Estados Unidos de América y de la
    República Popular China, presentado el 7 de marzo de 2016.
    Memorial (por referencia a Agrogen y
    Met-Mex)
    Memorial de Agrogen y Met-Mex conforme a la Regla 57 (2) de
    las Reglas de Procedimiento, presentado el 4 de mayo de 2016.
    Memorial (por referencia a Isaosa)
    Memorial de Isaosa conforme a la Regla 57 (1) de las Reglas de
    Procedimiento en contra de la Resolución Final de la
    investigación antidumping sobre las importaciones de sulfato de
    amonio, originarias de los Estados Unidos de América y de la
    República Popular China, presentado el 7 de marzo de 2016
    Memorial (por referencia a la
    Autoridad Investigadora)
    Memorial de la Autoridad Investigadora conforme a las Reglas 55,
    57(2), 59(1) y 59 (2) de las Reglas de Procedimiento, en
    oposición a los presentados por las Reclamantes, presentado el 4
    de mayo de 2016.
    Memorial de Contestación (por
    referencia a AdvanSix)
    Memorial de Contestación de AdvanSix conforme a la Regla 57
    (3) de las Reglas de Procedimiento en contra de la Resolución
    Final de la investigación antidumping sobre las importaciones de
    sulfato de amonio, originarias de los Estados Unidos de América y
    de la República Popular China, presentado el 19 de mayo de
    2016.
    Memorial de Contestación (por
    referencia a Isaosa)
    Memorial de Contestación de Isaosa conforme a la Regla 57 (3)
    de las Reglas de Procedimiento en contra de la Resolución Final
    de la investigación antidumping sobre las importaciones de sulfato
    de amonio, originarias de los Estados Unidos de América y de la
    República Popular China, presentado el 19 de mayo de 2016.

    Met-Mex
    Metalúrgica Met-Mex Peñoles S.A. de C.V.

    Número CAS
    Número de registro en el Chemical Abstract Service de la
    American Chemical Society.
    OMC
    Organización Mundial del Comercio.
    Plastitec
    Plásticos y Tecnología S.A. de C.V.
    Pronamex
    Promotora Nacional Agropecuaria S.A. de C.V.
    Rama de Producción Nacional
    La rama de producción nacional según la definió la Autoridad
    Investigadora en el numeral 149 de la Resolución Final.
    Reclamación de AdvanSix
    Reclamación de AdvanSix conforme al artículo 1904 del Capítulo
    XIX del TLCAN y la Regla 39 de las Reglas de Procedimiento, en
    contra de la Resolución Final de la Investigación Antidumping
    sobre las importaciones de sulfato de amonio, originarias de los
    Estados Unidos de América y de la República Popular China,
    presentada el 07 de diciembre de 2015.
    Reclamación de Isaosa
    Reclamación de Isaosa conforme al artículo 1904 del Capítulo
    XIX del TLCAN y la Regla 39 de las Reglas de Procedimiento, en
    contra de la Resolución Final de la Investigación Antidumping
    sobre las importaciones de sulfato de amonio, originarias de los
    Estados Unidos de América y de la República Popular China,
    presentada el 07 de diciembre de 2015.
    Reclamante o Reclamantes
    AdvanSix o Isaosa en lo individual o conjuntamente, según
    corresponda.
    Reglas de Procedimiento
    Reglas de Procedimiento del artículo 1904 del TLCAN relativas a
    la Revisión ante un Panel Binacional

    Resolución de Inicio
    Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y
    se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las
    importaciones de sulfato de amonio, originarias de los Estados
    Unidos de América y de la República Popular China, mercancía
    que ingresa por la fracción arancelaria 3102.21.01 de la Tarifa de
    la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de
    Exportación.
    Publicada en el DOF el 12 de agosto de 2014.
    ...

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