¿De dónde deben provenir los ministros de la Suprema Corte?

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Vicente Fernández Fernández

Si bien es un órgano colegiado en el que la designación de sus miembros refleja los pesos y contrapesos en el ejercicio del poder y, por ello, tiene un sistema de designación de carácter político, quienes poseen esa facultad constitucional (Senado, designando a propuesta del presidente de la República) deben velar por que quienes lleguen a ocupar el cargo de ministro, además de los conocimientos jurídicos suficientes para el ejercicio del cargo y la trayectoria intachable, cuenten con una formación y un perfil que tienda al equilibrio en la Corte. Lo deseable es que la mayoría tenga experiencia en la impartición de justicia, que se complemente con profesionistas cuya formación y experiencia esté más cercana a la academia y al ejercicio de la abogacía, sin soslayar a la administración pública, pues la experiencia que los ministros tengan en ese sector abonará a la discusión y a la toma de decisiones. Una Corte plural en su integración permite que las sentencias recojan el conocimiento y la formación diversos, a veces demasiado formales y cerrados, de quienes han estado en el Poder Judicial toda su vida profesional, la cual se verá enriquecida con la visión más abierta de los abogados postulantes y de los académicos, así como de quienes provienen del servicio público.

Carlos Cánovas Theriot

La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe estar integrada, antes que nada, por personas intachables y probas; personas reconocidas por la sociedad como ejemplares por su trayectoria; personas sensibles e íntegras; personas rectas que no se inclinen ante ninguna presión; personas que resuelvan con objetividad y claridad; personas con una formación sólida; personas, en suma, en quienes la sociedad confíe sin reservas, precisamente por su rectitud y su justo actuar. Estas cualidades, por cierto, no debiesen ser privativas de los ministros, sino de todo servidor público; por lo que, además, deberán ser profundamente conocedoras del Derecho y contar con un amplio criterio jurídico.

Al respecto, Sócrates dijo: “Cuatro características corresponden a un juez: escuchar cortésmente, responder sabiamente, ponderar prudentemente y decidir imparcialmente”. Cumpliendo con este perfil, el origen, ya puramente judicial, litigioso, académico o por cuotas equitativas, pasa a segundo término.

Ana María Kudisch Castelló

Considero que deben provenir de la carrera judicial o del litigio, pues ambas los acercan al justiciable y con ello se enriquecerá su trabajo como ministro en las resoluciones en que intervengan.

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José Roldán Xopa

Si consideramos que, en la ingeniería constitucional, la Corte tiene una función de contrapeso como control último de la interpretación constitucional, su integración debe procurar pericias y pluralidad. Independientemente de su origen, se requiere que los ministros sean juristas prestigiados por sus méritos profesionales. Luego, la pluralidad en ideologías es sana porque refleja la existente...

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