¿Se debe presentar en México aviso de apertura de establecimiento por una sucursal ubicada en el extranjero?

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Si el infractor paga las contribu-
ciones omitidas junto con sus
accesorios, después de que se
notifique el acta final de la visita
domiciliaria o el oficio de ob-
servaciones, según sea el caso,
pero antes de la notificación de la
resolución que determine el mon-
to de las contribuciones omitidas,
pagará la multa establecida en el
artículo 17, segundo párrafo de la
Ley Federal de los Derechos del
Contribuyente.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
En este sentido, el artículo 17 de
la Ley Federal de los Derechos del
Contribuyente establece lo siguiente
(énfasis añadido):
17. Los contribuyentes que
corrijan su situación fiscal,
pagarán una multa equivalente
al 20% de las contribuciones
omitidas, cuando el infractor
las pague junto con sus acce-
sorios después de que se inicie
el ejercicio de las facultades
de comprobación de las autori-
dades fiscales y hasta antes de
que se le notifique el acta final
de la visita domiciliaria o el ofi-
cio de observaciones a que se
refiere la fracción VI del artículo
48 del Código Fiscal de la Fede-
ración, según sea el caso.
Si el infractor paga las contribu-
ciones omitidas junto con sus
accesorios, después de que se
notifique el acta final de la visita
domiciliaria o el oficio de obser-
vaciones, según sea el caso, pero
antes de la notificación de la reso-
lución que determine el monto de
las contribuciones omitidas, paga-
rá una multa equivalente al 30% de
las contribuciones omitidas.
Asimismo, podrán efectuar el
pago en parcialidades de con-
formidad con lo dispuesto en el
Código Fiscal de la Federación,
siempre que esté garantizado el
interés fiscal.
En términos de lo anterior, cuando la
comisión de una o varias infraccio-
nes origine la omisión total o parcial
en el pago de contribuciones, inclu-
yendo las retenidas o recaudadas, y
sea descubierta por las autoridades
fiscales mediante el ejercicio de sus
facultades de comprobación, se apli-
cará una multa de 55 a 75% de las
contribuciones omitidas.
No obstante, cuando el infractor
pague las contribuciones omitidas
junto con sus accesorios después
de que se inicie el ejercicio de las
facultades de comprobación de las
autoridades fiscales y hasta antes de
que se le notifique el oficio de obser-
vaciones de la revisión de gabinete,
se aplicará una multa equivalente a
20% de las contribuciones omitidas.
De esta manera, no aplica la multa
de 30% por las contribuciones omi-
tidas que detectaron las autoridades
tributarias en una revisión de gabi-
nete, si las mismas se pagan con
sus accesorios antes de la emisión
del oficio de observaciones de dicha
revisión.
¿Se debe presentar en México
aviso de apertura de esta-
blecimiento por una sucursal
ubicada en el extranjero?
Trabajo como contralor de una
persona moral del régimen
general de la Ley del ISR que
se dedica a la comercialización
de celulares y cuyo domicilio
fiscal se ubica en Ciudad Juárez,
Chihuahua. Con motivo de la
expansión de sus operaciones,
la empresa pretende abrir una
sucursal en Estados Unidos.
Ignoro si por esta situación debe
presentarse un aviso de apertura
de local o establecimiento ante
la autoridad tributaria mexicana,
pues la sucursal estará en el
extranjero.
Lector de Ciudad Juárez, Chi-
huahua
¿Se debe presentar en México aviso
de apertura de establecimiento por
una sucursal ubicada en el extran-
jero?
En nuestra opinión, sí, por lo si-
guiente:
El artículo 27, inciso B, fracción II,
del CFF dispone lo siguiente (énfasis
añadido)
27. En materia del Registro Fede-
ral de Contribuyentes, se estará a
lo siguiente:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
B. Catálogo general de obligacio-
nes:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
II. Proporcionar en el registro
federal de contribuyentes, la
información relacionada con
la identidad, domicilio y, en
general, sobre la situación fis-
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nuestros lectores
FISCAL FISCAL
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A63
1a. quincena
enero 2022
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