¿Cómo debe deducir una persona moral la adquisición de una impresora para un consultorio dental, como un gasto o como una inversión de activo fijo?

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ma sea menor a 5 se mantendrá
la tasa a la centésima que haya
resultado.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Por su parte, el artículo 15 del Re-
glamento del CFF indica lo siguiente
(énfasis añadido):
15. Para los efectos de los recar-
gos a que se refiere el artículo 21
del Código, se entenderá que
el pago de las contribuciones
o aprovechamientos se realizó
oportunamente cuando el con-
tribuyente realice el pago me-
diante compensación contra un
saldo a favor o un pago de lo
indebido, hasta por el monto de
los mismos, siempre que se hu-
biere presentado la declaración
que contenga el saldo a favor o
se haya realizado el pago de lo
indebido con anterioridad a la
fecha en la que debió pagarse
la contribución o aprovecha-
miento de que se trate.
Cuando la presentación de la
declaración que contenga el
saldo a favor o la realización del
pago de lo indebido se hubieran
llevado a cabo con posterioridad
a la fecha en la que se causó la
contribución o aprovechamiento
a pagar, los recargos se causarán
por el periodo comprendido entre
la fecha en la que debió pagarse
la contribución o aprovechamien-
to y la fecha en la que se originó
el saldo a favor o el pago de lo
indebido a compensar.
Conforme a lo anterior, cuando no
se cubran las contribuciones o los
aprovechamientos en la fecha o
dentro del plazo fijado por las dispo-
siciones tributarias, deberán pagarse
recargos en concepto de indemniza-
ción al fisco federal por falta de pago
oportuno.
No obstante, entre otros aspectos,
cuando el contribuyente realice el
pago de las contribuciones o de
los aprovechamientos mediante
compensación contra un saldo a
favor o un pago de lo indebido,
se entenderá que el pago se hizo
oportunamente, hasta por el monto
de los mismos, siempre que se hu-
biera presentado la declaración que
contenga el saldo a favor o se haya
efectuado el pago de lo indebido
antes de la fecha en la que debió
pagarse la contribución o el aprove-
chamiento de que se trate.
Por lo anterior, en el caso que
nos ocupa, sólo se deben causar
recargos por el excedente del saldo
a cargo del pago provisional del
ISR contra el saldo a favor que se
compensa, es decir, se considerará
que del ISR a cargo se enteran opor-
tunamente $48,000 (importe que se
paga mediante la compensación del
saldo a favor del ISR), y se causarán
recargos por la diferencia, es decir,
por $21,000 ($69,000 – $48,000).
¿Cómo debe deducir una per-
sona moral la adquisición de
una impresora para un consul-
torio dental, como un gasto o
como una inversión de activo
fijo?
Soy auxiliar de contador de una
persona moral del régimen ge-
neral de la Ley del ISR que tiene
un consultorio dental. En días
pasados, la empresa adquirió
una impresora para la compañía;
debido a que su costo no es ele-
vado, tengo duda en cómo debe
deducirse para efectos del ISR,
si como gasto o como inversión
de activo fijo.
Lector de Ciudad de México
¿Cómo debe deducir una persona
moral la adquisición de una impre-
sora para un consultorio dental,
como un gasto o como una inver-
sión de activo fijo?
Como una inversión, por lo siguiente:
El artículo 32, párrafos primero y
segundo, de la Ley del ISR dispone
lo siguiente (énfasis añadido):
32. Para los efectos de esta Ley,
se consideran inversiones los
activos fijos, los gastos y cargos
diferidos y las erogaciones reali-
zadas en periodos preoperativos,
de conformidad con los siguien-
tes conceptos:
Activo fijo es el conjunto de
bienes tangibles que utilicen
los contribuyentes para la
realización de sus actividades
y que se demeriten por el uso
en el servicio del contribuyente
y por el transcurso del tiem-
po. La adquisición o fabricación
de estos bienes tendrá siempre
como finalidad la utilización de
los mismos para el desarrollo de
las actividades del contribuyente,
y no la de ser enajenados dentro
del curso normal de sus opera-
ciones.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Por su parte, el artículo 31, párrafo
primero, de la Ley del ISR señala lo
siguiente (énfasis añadido):
FISCAL
Consultas de nuestros lectores
A47
2a. quincena
julio 2020

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