Cultura de la legalidad e implementación de la Reforma Penal

AutorRicardo Velázquez Cruz
CargoDoctor en Derecho
Páginas311-325

    Doctor en Derecho, Profesor investigador y Ex Consejero Jurídico del Gobierno del Estado de Puebla.

Page 311

Es Criminogenesis un espacio de juristas y para juristas que en materia penal expresan sus tomas de postura en el Sistema de Justicia Penal Mexicano, por lo que celebro que Jorge Roberto Hickman impulse este instrumento de pulsación académica e intelectual en el Estado de Puebla, estoy cierto que bajo su representación Criminogenesis servirá a la investigación jurídica en la Entidad. Felicito a la Revista y a su Director Mtro. Alejandro Carlos Espinosa por ocuparse de acopiar visiones regionales y problemáticas específicas del Derecho Penal en México.

La importancia creciente que el respeto a la legalidad tiene en las sociedades, es uno de los factores decisivos para la estabilidad y el desarrollo social; que se ha vuelto una exigencia para las inversiones, el comercio y las actividades productivas, lo cierto es que la cultura de la legalidad es relativamente reciente y algunos estudios van dando cuenta gradualmente de los factores que la componen. A lo anterior debe agregarse la proliferación del término cultura para referirse a la necesidad de impulsar en la población algunos hábitos o acciones, así se habla de “cultura de la denuncia”; de “cultura de la donación de órganos”, etcétera. La revisión de algunos documentos, entre ellos el del doctor Gerardo Laveaga,1 lleva a señalar que la noción cultura de la legalidad agrupan y mezcla indistintamente diversos aspectos que es necesario precisar para comprender cuáles son elementos, cuales factores, cuáles causas, efectos, etcétera.

Page 312

Es evidente que esta mezcla es resultado de la propia complejidad y variedad de hechos y situaciones que la cultura de legalidad involucra, de la nueva dinámica que la sociedad se ha impuesto, pues la legalidad está presente en casi todas las etapas de nuestra vida y en las relaciones y actividades que establecemos. En este sentido, recuperar la extensión y naturaleza de la legalidad contribuye a comprender el problema en una dimensión más cercana a lo real. Habría que señalar que actualmente prevalece o nos hemos impuesto, una visión penal de la legalidad, derivada del incremento de actividades ilícitas, de la inseguridad pública y de la extensión y fuerza que ha alcanzado, tanto el crimen como la delincuencia organizada. No obstante la indiscutible importancia que tiene la seguridad pública y el combate a la delincuencia, creemos que la cultura de la legalidad no puede ni debe reducirse a esos ámbitos. Desde nuestro punto de vista la cultura de la legalidad debe tener como núcleo la aceptación consciente y responsable de la existencia de reglas (normas, leyes, códigos) que regulan política, social, y económicamente en una sociedad o comunidad determinada. Esta aceptación conciente y responsable implica una valoración: conviene la existencia de leyes, y una actitud: el respeto a ellas.

Una revisión de la historia evidencia que legalidad es un fenómeno universalmente extendido, que ha existido, existe y existirá en todas las sociedades independientemente de sus formas de organización político social, y que su concreción expresa las condiciones y características particulares de una sociedad determinada.

Además, frente a otros aspectos de la cultura –entendida de modo general como toda creación humana– que quedan al arbitrio del individuo, la legalidad destaca por su naturaleza impositiva, obligatoria, implica normas que deben observar para alcanzar una real convivencia los individuos de una comunidad.

Diego Valadés, al referirse a la cultura jurídica de un país, la define como “el conjunto de ideas, convicciones, percepciones, tradiciones y conductas predominantes en una comunidad, en un momento determinado, relacionadas con la organización, el funcionamiento, los efectos y la evolución de las instituciones”.2 Desde esta perspectiva, y sin que se pretenda reducir la legalidad a un fenómeno únicamente jurídico, entenderíamos, de manera preliminar, por cul-Page 313tura de legalidad a una parte de la cultura de una comunidad humana, referente a la creación y aplicación y valoración de los sistemas jurídicos establecidos para organizar a la sociedad de una manera determinada. En otras palabras, al conjunto de conocimientos, valores y actitudes que una comunidad humana crea, acepta y valora como necesaria para su convivencia.

Por conocimientos aludimos al conjunto de lo que Laveaga llama “saberes jurídicos”,3 es decir, el núcleo básico de leyes que alude a todo miembro de la comunidad; por valores entendemos los directamente relacionados con la valoración social de la existencia de normas reguladores de la convivencia y como actitudes las integradas en una fundamental: el respeto a las leyes. De otra manera, no se podría pensar de forma fehaciente en un estado de derecho pleno.

Este conocimiento, valoración y respeto constituyen el núcleo de la cultura de legalidad y tienen expresión propia tanto en el nivel individual como en el colectivo. Habría que destacar que el término “colectivo” no sólo implica una connotación cuantitativa sino además, también de suma importancia, una connotación institucional, entendida como las formas específicas de organización social. Recuperar la naturaleza de la cultura de legalidad nos permite descubrir otros aspectos que no aparecen con claridad en cifras e indicadores hoy en boga, entre ellos: la naturaleza y el funcionamiento de las instituciones. Nos permite reconfigurar una confianza –por momentos perdida– en las instituciones. Desde este ángulo puede decirse que la legalidad no sólo implica la existencia, observancia y aplicación de normas jurídicas, particularmente leyes, sino debe considerar además aspectos sociales no propiamente jurídicos pero que operan en la regulación de modos de organización social y de convivencia generalmente aceptados por comunidades humanas, que no contradicen las leyes o los sistemas jurídicos, incluso de cierta manera pueden integrarse a ellos, como las tradiciones, los usos y las costumbres: las bases de cualquier institución.

Lo anterior debe destacarse porque está muy extendida una visión penal de la cultura de legalidad que pone énfasis en las cifras negras e ignora muchos otros aspectos. Al grado incluso de poner en entre dicho, la estabilidad del Estado mexicano, solo porque alguna agencia especializada o algún reporte externo (Casa Blanca), de manera equivocada califica –a través de nociones penales, las estructuras político jurídicas del país. Frente a esto hay que destacar que casi toda la vida del individuo está normada; que en ella hay exigencias,Page 314 normas, leyes, tradiciones, costumbres, usos sociales, para validar hechos, para reclamar derechos, desde el acta de nacimiento hasta la de defunción, pasando por la constitución de familias, empresas, etc., la legalidad cubre nuestros actos. También debe diferenciarse entre lo que son factores que fortalecen u obstaculizan la cultura de la legalidad, como la educación, la impunidad, por ejemplo, en tanto acciones capaces de inducir o modificar los efectos de esa cultura, y los hechos que son sus efectos. Al respecto podría decirse que aquí se presenta otra reducción: el economicismo, pues sólo se atienden los efectos económicos, positivos o negativos, de la legalidad o la ilegalidad. ¿Cuál es el núcleo básico de conocimientos de carácter jurídico –de saberes jurídicos según Laveaga– de una comunidad determinada? Una respuesta inicial es que están relacionados con las bases de la organización social, con la estructura de poder político, con las garantías individuales, con los derechos y obligaciones de los individuos. Desde esta perspectiva, es claro que estamos aludiendo a aspectos esenciales de la Constitución, no a toda ella sino a los artículos que involucran a toda la población y particularidades étnicas y sociales del país. La Constitución de un Estado moderno es la que impone la forma de vida y su forma de relacionarse.

¿Cuáles y cuántos son los artículos constitucionales fundamentales que todo ciudadano mexicano debe comprender?, La respuesta nos daría el “mínimo común denominador de conocimiento constitucional”. A esto habría que agregar la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR