La cultura jurídica y el movimiento del 68

AutorManuel Becerra Ramírez
CargoInvestigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM.
Páginas371-394
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La cultura jurídica y el movimiento del 68
Manuel Becerra Ramírez*
En este trabajo se hace un análisis, desde una
perspectiva jurídica, de los acontecimientos de 68
en México, lo cual es un buen ejercicio para
esclarecer la ilegalidad de la represión y ver cómo
la impunidad se mantiene como una deuda
importante de los gobiernos post 68 e inclusive de
los gobiernos de la alternancia. Lo cual es muy
grave pues no es posible decirse respetuosos de la
legalidad o declararse como un estado de derecho
cuando el sistema en general (se hace referencia no
sólo al poder ejecutivo, sino al legislativo y
judicial) no es capaz de reconocer la ilegalidad en
que incurrió, ni es capaz de castigar a los culpables
de aquella brutal y desafortunada represión de un
movimiento que a la distancia se puede ver que sus
demandas eran mínimas (si lo vemos con los ojos
del México contemporáneo) pero que pegaban al
centro del régimen autoritario.
In this essay Mexico’s 1968 events are
analyzed from a legal perspective; this is a
good exercise to clarify the illegality of
repression and to see how impunity remains as
an important debt from subsequent
governments including those call “de
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not possible to pronounce themselves as
respectful of the legality or to declare a state
of law when the general system (reference not
only to the executive authority, but to
legislative and judicial) is not able to
recognize the illegality in with it has incurred,
nor competent to punish people guilty of the
brutal and unfortunate repression of a
movement with minimum demands (if we see
them with Mexico’s contemporary eyes) but,
that hit the core of an authoritarian regime.
SUMARIO
: 1. Introducción / 2. Los orígenes del movimiento del 68 / 3. Los sesenta y su entorno político-
cultural internacional / 4. Pliego petitorio del movimiento estudiantil de 1968 / 5. Base jurídica para disponer
del Ejército / 6. Conspiración del Estado, acto de Estado / 7. Los procesos del 68 / 8. La perspectiva
internacional / 9. Los “estudiantes”: un grupo / 10. El derecho “dócil” de las facultades de derecho /
11. Lo que viene después del 68 / 12. Conclusiones / Bibliografía
** Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas,
UNAM
.
Sección Artículos de Investigación
372 alegatos, núm. 70, México, septiembre/diciembre de 2008
A Mariana y Ana Sofía que no vivieron esos aciagos tiempos...
pero viven otros.
1. Introducción
Los aspectos jurídicos del 68 tienen que ver, en principio, con el desenmascaramien-
to del régimen autoritario, que hasta ese momento se viste de legalidad y presenta una
cara de cumplimiento de la normatividad. Desde entonces el Gobierno mexicano,
quien se presumía “emanado de la Revolución de 1910”, se presenta ante la opinión
pública y ante el mundo como respetuoso, garante de la legalidad derivada de la
Constitución, la cual a su vez se presenta como un modelo mundial, pues es una mez-
cla de garantías individuales y sociales, con un sistema democrático y una economía
mixta.
Pero el movimiento estudiantil hace evidente la ilegal represión en contra de los
estudiantes (y en contra de la población, conforme el movimiento se va extendiendo):
golpes, encarcelamiento ilegal; uso desmedido de la fuerza del Estado (el triste céle-
bre bazukazo contra la puerta de la Preparatoria de San Ildefonso es un ejemplo), el
asesinato de jóvenes y su persecución, la toma de los recintos universitarios por parte
del Ejército, con la consecuente violación de la autonomía universitaria, el amordaza-
miento de la prensa libre (la poca que existía) y por supuesto la manipulación de la
información.
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tavo Días Ordaz de las garantías individuales contenidas en la muy pregonada Cons-
titución, la nula división de poderes cuando el Ejecutivo es el que detenta el poder
supremo y en consecuencia la total irresponsabilidad de las autoridades que lleva a la
impunidad cuando supuestamente están ligados a la Constitución y este documento
no permite que el poder público se vuelque en contra de la población a la que se debe.
El Presidente dispuso del Ejército para reprimir a los estudiantes y ocupar la univer-
sidad en un estado de suspensión de garantías de facto; aunque estrictamente no había
nada que suspender, pues el sistema jurídico funcionaba (¿y funciona?) en forma
meramente discrecional, selectivo.
Todo esto inmerso en un ambiente de corrupción, que “aceita”, sin el cual no fun-
ciona, el sistema ejecutivo, legislativo y judicial y en donde la ciudadanía tiene un
papel importante al ser sujeto activo y pasivo de la corrupción. Activo al ofrecer
“mordidas” o dádivas porque o no le queda otra o por considerarlo como cosa común,
parte del sistema; y pasivo vía la cooptación, privilegios y homenajes. Precisamente el
 
respuesta del Gobierno, en su generalidad, es una política de Estado y no se puede
considerar de otra manera, pues ahora tenemos elementos, pruebas que fue así, tiene

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