Cuenta de utilidad fiscal neta

AutorAntonio Luna Guerra
Páginas33-38
REGIMEN FISCAL DE DIVIDENDOS 33
CAPITULO III
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA
El artículo 88 de la LISR da la obligación a las personas
morales de llevar una CUFIN, la cual se llevará a cabo de la
siguente forma:
Utilidad fiscal neta de cada ejercicio
Más Dividendos o utilidades recibidos de personas mo-
rales residentes en México
Más Ingresos o dividendos o utilidades percibidos en
regímenes fiscales preferentes
Menos Dividendos o utilidades pagados de CUFIN
No se incluirán:
Dividendos o utilidades en acciones
Dividendos o utilidades reinvertidos en la suscripción
y aumento de capital de la persona moral que los dis-
tribuye dentro de los 30 días naturales siguientes a su
distribución.
Se deberá además disminuir en su caso, el monto del
ISR acreditable pagado de los dividendos del artículo 11
fracción I de la LISR.

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