Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 31 de Mayo de 2013 (Tesis num. 2a./J. 40/2013 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-05-2013 (Contradicción de Tesis))

Número de registro2003797
Número de resolución2a./J. 40/2013 (10a.)
Fecha31 Mayo 2013
Fecha de publicación31 Mayo 2013
Localizador [J] ; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XX, Mayo de 2013; Tomo 1; Pág. 969. 2a./J. 40/2013 (10a.).
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaAdministrativa

Como la relación jurídica entre las instituciones policiales y sus integrantes es de naturaleza administrativa, acorde con el artículo 123, apartado B, fracción XIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con diversos criterios de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, el derecho para reclamar los beneficios de seguridad social y demás prestaciones inherentes al servicio desempeñado tiene esa misma naturaleza jurídica. De manera que si el Tribunal de lo Contencioso Administrativo en el Estado de Sinaloa es el órgano jurisdiccional encargado de impartir justicia administrativa en esa entidad federativa, entonces resulta competente para conocer de la demanda promovida por quienes se consideran beneficiarios de algún miembro de una institución policial estatal o municipal, mediante la cual reclaman las prestaciones de seguridad social y las demás inherentes al servicio desempeñado, derivadas del fallecimiento de aquél.

Contradicción de tesis 522/2012. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo, Tercero y Cuarto, todos del Décimo Segundo Circuito. 20 de febrero de 2013. Cinco votos. Ponente: S.A.V.H.. Secretario: L.J.G.R..


Tesis de jurisprudencia 40/2013 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del seis de marzo de dos mil trece.

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