Criptomonedas: Panorama Financiero y Fiscal
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Centro de Estudios de las Finanzas Públicas
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1. Antecedentes
El concepto “moneda criptográca” se dio a conocer por primera vez en
1998 por Wei Dai, quien propuso un sistema de intercambio de valor y
cumplimiento de contratos basado en una moneda electrónica irrastreable;
es decir, un nuevo po de dinero mediante la encriptación privilegiando el
anonimato, llamándola “b-money”. No obstante, dicha propuesta no generó
mayor desarrollo sobre el tema.
Pasaron diez años para que una persona o grupo de personas bajo el seudónimo
Satoshi Nakamoto publicara un documento denominado “Bitcoin: un sistema
de efecvo electrónico” con la idea de crear una red de pagos electrónicos
basado en pruebas criptográcas. Con ello, se busca la intervención de dos
partes interesadas en realizar operaciones nancieras directamente, sin la
necesidad de un tercero conable, a n de reducir los costos de transacción y
de comisión ulizando un soware denominado Bitcoin Core.
A parr del Bitcoin se han desarrollado otras ofertas que adoptan su diseño
y normas. Sin embargo, la comercialización del Bitcoin se ha incrementado
consistentemente alcanzando un valor individual y global por encima del de
otras monedas digitales.
Uno de los movos por el que las criptomonedas son cada vez más populares
es el hecho de que se encuentran en un sistema descentralizado cuya
acvidad no está regulada por ningún organismo público. Los usuarios han
encontrado en las criptomonedas un instrumento para mantener su propio
capital y evitar posibles contraempos que puedan ir surgiendo dentro del
sistema económico tradicional.
REVISTA FINANZAS PÚBLICAS
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El uso de las criptomonedas, como medio de pago alternavo a las tarjetas de
crédito o de otros pagos electrónicos, se orienta a facilitar la comercialización
en internet mediante una aplicación o bitcoin wallet, incluso para ser ulizado
sicamente en ciertas empresas.
El valor inicial de una criptomoneda parte de la complejidad de un algoritmo
para luego establecer su ulidad mediante la oferta y la demanda, marcado
por una gran volalidad ya que su precio, a diferencia de las monedas
tradicionales, no está regulado o respaldado por ninguna endad nanciera
o banco central, lo que ha incenvado a los inversionistas a la especulación y
con ello a la búsqueda de grandes rendimientos.
Este nuevo mercado de criptomonedas también ha abierto espacios para la
defraudación, ya que a pesar del potencial innovador tecnológico también
se han realizado estafas como la ulización de esquemas piramidales o
clubes de inversión basados en promesas de altos rendimientos, a cambio
de una inversión inicial en la que invitando a más personas al sistema y éstos
a su vez incluyendo a otros usuarios, con poca o nula transparencia, suelen
desaparecer en un determinado empo.
En tal sendo, su regulación jurídica resulta necesaria en cuanto al
reconocimiento de la existencia de las criptomonedas, así como para
reglamentar los servicios de quienes podrían estar autorizados para ello a
través de medios tecnológicos, su organización, operación y funcionamiento
y con ello acotar los espacios para las práccas irregulares.
Ésta regulación se esperaría fuera igualmente flexible para no desalentar
su uso regular en beneficio del desarrollo de los sistemas financieros y de
las actividades económicas, pero también previniendo al avance de las
tecnologías de la información como la computación cuántica y la inteligencia
artificial.
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