Corte Internacional de Justicia (La Haya, Países Bajos)

AutorVíctor E. Corzo Aceves; Ernesto Corzo Aceves
Páginas38-39

Page 38

El 24 de mayo de 2007, la Corte Internacional de Justicia (ICJ) emitió su decisión respecto de las objeciones preliminares en el "Caso relativo a Ahmadou Sadio Diallo" entre la República de Guinea y la República Democrática del Congo (DRC). El caso en comento fue presentado por Guinea desde el 28 de diciembre de 1998 en contra del DRC por haber cometido presuntas violaciones al derecho internacional en contra de Ahmadou Sadio Diallo, quien es nacional de Guinea y había residido en el DRC por más de 32 años. Los hechos de este caso se originan por supuestas violaciones contractuales (i. e. incumplimiento de pago, violaciones a cláusulas de exclusividad, destrucción y uso indebido de contenedores) por parte del DRCPage 39 en detrimento de las compañías congoleñas 'Africom-Zaire' (dedicada a exportar e importar) y 'Zairean SPRL' (dedicada a la transportación de bienes en contenedores), de las cuales Ahmadou Sadio Diallo era fundador, gerente y asociado. Guinea reclama el trato "humillante y degradante" dado a su nacional, el cual fue detenido ilegalmente y posteriormente expulsado del DRC el 31 oct. 1995, a consecuencia de sus reclamos a las autoridades DRC por haberle despojado de sus inversiones, negocios, propiedades y cuentas bancarias. El monto de daños que Guinea reclama al DRC en representación de Ahmadou Sadio Diallo suma más de 36 billones de dólares, cifra que equivale al triple del total de la deuda externa del DRC. En esta primera etapa de los procedimientos, lo único a lo que se avocó la ICJ fue al estudio de las cuestiones preliminares. En otras palabras se analizó sí la Corte tiene jurisdicción y si el caso era admisible. En un primer punto, la Corte reconoció que tenía jurisdicción porque ambos Estados habían realizados declaraciones bajo el artículo 36 del Estatuto de la ICJ aceptando ipso facto la competencia de la Corte. Otro de los puntos a analizar fue sobre si Guinea poseía el derecho para ejercer protección diplomática sobre Diallo y sus dos compañías. Por un lado, respecto a Diallo, el DRC argumentó que la demanda no era admisible por no haberse agotado los recursos locales, a lo que la Corte resolvió señalando que dicho argumento no era válido ya que el único recurso con el que supuestamente contaba Ahmadou Sadio Diallo, ante su expulsión, era un recurso administrativo, y para que los recursos administrativos pudieran considerase como 'recursos', estos deberían de estar enfocados a vindicar los derechos de la...

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