Convenios sobre doble tributacion celebrados por el Consejo Federal Suizo
Autor | Herbert Bettinger Barrios |
Páginas | 642-648 |
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(a) La tasa de retención del impuesto es aplicable, únicamente por intereses bancarios e intereses derivados de bonos que se coloquen entre el gran público inversionista, así como de obligaciones no hipotecarias y
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otros instrumentos de deuda emitidos por suizos, exceptuando los intereses que provengan tanto de préstamos comerciales y aquéllos otorgados por compañías controladoras extranjeras a favor de subsidarias de nacionalidad suiza.
(b) Bajo la ley interna de Suiza, la tasa de retención no es impuesta en regalías, gastos de gestión, rentas, licencias y los gastos de asistencia técnica y pagos similares.
(c) Una tasa general del 5% y una tasa del 0% sobre intereses pagados entre partes relacionadas se aplica a intereses pagados a partir del 1 de julio de 2013.
(d) Esta tasa se aplica si la posesión de acciones por parte de una sociedad es de por lo menos el 25%. Se aplica una tasa del 15% a todos los demás dividendos.
(e) El tratado renegociado entró en vigor el 4 de noviembre de 2010. La tasa del 0% se aplica generalmente si la posesión de acciones de un receptor corporativo de dividendos es de por lo menos el 10%. La tasa se incrementa al 15% si la posesión de acciones de un receptor corporativo es inferior al 10% o si el receptor corporativo está controlado por personas que no se encuentran en los estados contratantes, a menos que el receptor corporativo demuestre que los derechos de participación no tienen como objetivo exclusivamente sacar provecho de las ventajas mencionadas antes. La tasa del 15% se aplica también a dividendos pagados a personas fisicas y a todos los demás dividendos
(f) La tasa del 5% se aplica a dividendos pagados a sociedades con una posesión de acciones y acciones con derecho de voto de por lo menos el 10% del pagador. Se aplica una tasa del 15% a otros dividendos.
(g) La tasa del 5% aplica a dividendos pagados a corporaciones con una tenencia accionaria de al menos 10% en el pagador. Una tasa del 15% aplica a otros dividendos.
(h) Esta tasa aplica a dividendos pagados a sociedades tenedoras de al menos 10% del capital; La tasa del 15% aplica a otros dividendos.
(i) La tasa de 5% se aplica si el receptor de los dividendos es una compañía con un poder del voto de por lo menos 15%. Una tasa de 15% se aplica a otros dividendos.
(j) La tasa del 0% generalmente se aplica si el receptor de los dividendos es una sociedad que tenga una posesión de acciones de por lo menos el 10% y si la participación se ha conservado por lo menos durante un año. Se aplica una tasa del 15% si el receptor de los dividendos es una sociedad que tenga una posesión de acciones inferior al 10% o si el receptor de los dividendos es una persona física.
(k) La tasa impositiva del 5% se causa respecto de prestamos bancarios.
(l) La tasa es aplicable si la posesión de acciones por parte de una sociedad es de por lo menos el 10%. La tasa de retención neta del tratado se incrementa al 20% si la posesión de acciones es inferior al 10%.
(m) Se aplica una tasa del 0% a los intereses por créditos bancarios.
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(n) La tasa del 0% se aplica a los siguientes pagos de intereses:
· Intereses pagados al otro estado contratante en relación con la venta a crédito de equipo industrial, comercial o científico.
· Intereses pagados en relación con la venta a crédito de mercancías por parte de una empresa a otra empresa.
·...
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