Convenios sobre doble tributacion celebrados por el Estado de Israel

AutorHerbert Bettinger Barrios
Páginas578-582

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(a) Diferentes tasas pueden aplicar a regalías culturales.

(b) Se aplica una tasa del 10% a los dividendos pagados por utilidades a compañías que pagan una tasa reducida. Para otros dividendos, la tasa de retención no puede exceder la mitad de las tasas que se aplican a situaciones no sujetas al tratado porque la tasa aplicable a supuestos no sujetos al tratado es de 25%, la tasa de retención aplicable en el tratado es de 12.5%.

(c) Los intereses devengados en ciertos préstamos del gobierno están exentos. La tasa del 5% (Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Etiopía, Letonia, Luxemburgo, Suiza y Ucrania) 7% (Taiwán) o del 7.5% (Corea) se aplica a intereses en préstamos bancarios o de instituciones financieras. Se aplica una tasa del 10% (Brasil 15%, Estonia 5% y Singapur 7%) al pago de otros intereses.

(d) La tasa de retención aplicable no excederá la mitad de las tasas que se aplican a situaciones no sujetas al tratado; porque la tasa aplicable a supuestos no sujetos al tratado es de 25%, la tasa de retención aplicable con motivo del tratado es de 12.5%.

(e) La tasa del 7% aplica a intereses pagados a bancos o a instituciones financieras.

(f) De acuerdo con el protocolo del tratado, se aplica la tasa de retención del 7% a los montos pagados por uso de equipo industrial, comercial o científico.

(g) La tasa del 5% aplica si el beneficiario posee directamente al menos 10% del capital del pagador (Hungría, Singapur y República Eslovaca) o al menos el 15% del capital del pagador (Polonia), o si el beneficiario es una compañía que posee al menos el 15% del capital del pagador (República Checa).

(h) La tasa del 5% aplica si los dividendos son pagados de utilidades sujetas a la tasa corporativa normal (actualmente 26%) y si son pagados a una corporación poseedora de al menos el 10% (Etiopía, Eslovenia, Finlandia, Francia, Corea, Letonia, Lituania, Luxemburgo y Suiza) o 25% (Croacia,

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Holanda, Portugal y Ucrania) del capital del emisor. La tasa del 10% aplica a dividendos pagados a dichas corporaciones (conforme al tratado con Ucrania, una corporación poseedora de al menos 10%) de las utilidades grabadas por una tasa corporativa reducida. La tasa del 15% aplica a otros dividendos.

(i) Alternativamente, el receptor del interés puede elegir entre pagar un impuesto regular (actualmente la tasa del impuesto corporativo es del 26%) sobre el margen de utilidad del préstamo.

(j) La tasa del 5%...

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