Convenios sobre doble tributacion celebrados por la República de Finlandia

AutorHerbert Bettinger Barrios
Páginas554-558

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(a) La tasa más baja aplica si el receptor es una corporación que posee por lo menos 20% del capital del pagador.

(b) La tasa de retención se reduce en el caso de que el receptor sea una corporación propietaria de por lo menos el 25% del capital del pagador.

(c) La tasa que aplica es del 0% por las regalías que se perciban por el uso o derecho de usar los derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas, incluyendo películas cinematográficas o videos para televisión o cintas para transmisiones de radio.

(d) Las tasas de retención del impuesto contenidas en el tratado no son actualmente aplicables. Las tasas de la lista son las de retención local.

(e) Las regalías por derechos de autor respecto de la producción o reproducción de obras literarias, teatrales, musicales o artísticas (distintas de películas cinematográficas), se encuentran exentas de impuesto.

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(f) La tasa de retención se reduce en el caso de que el receptor sea una compañía propietaria de por lo menos el 10% de las acciones con derecho a voto de la sociedad pagadora.

(g) La tasa es del 10% para regalías por derechos de autor por obras literarias, artísticas o trabajos científicos, incluyendo filmes o cintas. En los demás casos será del 15%.

(h) La tasa de retención se reduce al 5% en el caso de que la sociedad receptora detente más del 25% y más de €200,000 del capital del pagador.

(i) Los intereses que se causen por ciertos créditos, se encuentran exentos de la tasa de retención.

(j) La tasa aplicable es del 0% por las regalías que se obtengan del uso o del derecho de usar los derechos de autor por obras literarias, artísticas o científicas, excluyendo películas cinematográficas o películas y videos para la televisión o transmisiones por radio.

(k) La tasa del 10% se aplica si el receptor ha sido dueño de por lo menos 25% de los derechos a voto del pagador por al menos 6 meses antes del cierre del año fiscal del pagador. La tasa del 15% se aplica para otros dividendos.

(l) 1929 holdings están excluidas de los beneficios otorgados por este tratado.

(m) Se aplica la tasa del 15% por las regalías que paguen las sociedades registradas y que lleven a cabo actividades en áreas específicas, así como por regalías por películas cinematográficas o videos para televisión, cintas para transmisión por radio y regalías por el uso o derecho de usar derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o...

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