Convenios sobre doble tributacion celebrados por India

AutorHerbert Bettinger Barrios
Páginas468-470

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(a) Esta tasa (más el sobrecargo del 2%, según sea aplicable, y el impuesto del 3%) se aplica a intereses sobre fondos pedidos en préstamo o adeudos incurridos en moneda extranjera.

Otros intereses se gravan con una tasa del 40% (más el sobrecargo del 2%, según sea aplicable, y el impuesto del 3%).

(b) Una tasa reducida del 0% al 10% se aplica generalmente a bancos y, en unos cuantos casos, a instituciones financieras, autoridades locales, subdivisiones políticas y el gobierno.

(c) La tasa se reduce de acuerdo con una cláusula de nación más favorecida.

(d) Una tasa de impuesto del 10% (más el sobrecargo del 2%, según sea aplicable, y el impuesto del 3%) se aplica de acuerdo con la Ley de Impuesto sobre la Renta (ley fiscal nacional de la India) sobre regalías pagadas a compañas extranjeras de conformidad con contratos que sean aprobados por el Gobierno de la India o de acuerdo con la Política Industrial y que se celebren después del 1 de junio de 2005. Si el contrato se celebró antes del 1 de junio de 2005, la tasa de impuesto varía del 20% al 30% (más sobrecargo e impuesto). No obstante, si el contrato de regalías no es aprobado por el gobierno central y si no va de acuerdo con la Política Industrial, las regalías se gravan sobre una base bruta con una tasa del 40% (más el sobrecargo del 2%, según sea aplicable...

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