Convenio Específico en materia de transferencia de recursos federales con el carácter de subsidios, para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como de la Red Nacional de Laboratorios, correspondiente al ejercicio fiscal 2023, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Michoacán de Ocampo.

Fecha de publicación23 Julio 2024
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
CONVENIOEspecífico en materia de transferencia de recursos federales con el carácter de subsidios, para fortalecer la ejecución y desarrollodel programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como de la Red Nacional de Laboratorios,correspondiente alejercicio fiscal 2023, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Michoacán de Ocampo.
COFEPRIS-CETR-MICH.-16-23
CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS,QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE ENADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", A TRAVÉS DEL DR. ALEJANDRO ERNESTO SVARCH PÉREZ, COMISIONADOFEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASISTIDO POR LA LIC. ANAHI GUADALUPE OROZCO,SECRETARIA GENERAL DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS Y, POR LA OTRA,EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ"LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL L.A.E. LUIS NAVARRO GARCÍA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS YADMINISTRACIÓN Y LA DRA. BELINDA ITURBIDE DÍAZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTORA GENERALDE SERVICIOS DE SALUD, CON LA ASISTENCIA DEL DR. HEBERT ISRAEL FLORES LEAL, COMISIONADO DE LA COMISIÓNESTATAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS DE MICHOACÁN, A QUIENES SE LES DENOMINARÁ "LASPARTES" CUANDO ACTÚEN DE FORMA CONJUNTA, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULASSIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.Con fecha 16 de marzo de 2012, "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en losucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridadgeneral, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripcióndel instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD", paracoordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud.
II.De conformidad con lo estipulado en la Cláusula Segunda de "EL ACUERDO MARCO", los instrumentos consensualesespecíficos que "LAS PARTES" suscriban para el desarrollo de las acciones previstas en el mismo, serán formalizados por, "LAENTIDAD", por el Secretario de Finanzas y Administración y el Secretario de Salud y Director General del Organismo PúblicoDescentralizado de Servicios de Salud de Michoacán, con la asistencia del Comisionado de la Comisión Estatal para laProtección contra Riesgos Sanitarios de Michoacán; en tanto que por "LA SECRETARÍA", se suscribirá, entre otros servidorespúblicos, por el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, asistido por la Secretaria General de laComisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
III.En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley General de Salud, el 29 de junio de 2003, el Ejecutivo Federal porconducto de "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD" suscribieron el Acuerdo de Coordinación, que tiene por objeto establecer lostérminos y condiciones en que se dará la coordinación entre "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD" para el ejercicio de facultadesen materia de control y fomento sanitario que les corresponde ejercer.
DECLARACIONES
I."LA SECRETARÍA" declara que:
I.1La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios es un órgano desconcentrado, por el que ejerce lasatribuciones que la Ley General de Salud, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y demás ordenamientosaplicables le confieren en materia de regulación, control y fomento sanitario; el cual cuenta con autonomía técnica,administrativa y operativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 bis y 17 bis 1 de la Ley General de Salud;así como 1 y 3 del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
I.2Dentro de las atribuciones que ejerce por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, seencuentran las de efectuar la evaluación de riesgos a la salud en las materias de su competencia; instrumentar la políticanacional de protección contra riesgos sanitarios en materia de medicamentos, insumos para la salud y sustancias tóxicas opeligrosas para la salud; ejercer el control y la vigilancia sanitaria de los productos señalados, de las actividadesrelacionadas con éstos y de los establecimientos destinados al proceso de dichos productos; evaluar, expedir o revocar lasautorizaciones de los productos citados y de los actos de autoridad que para la regulación, en el control y fomento sanitariose establecen o deriven de la Ley General de Salud, así como imponer sanciones y aplicar medidas de seguridad, en lasmaterias de su competencia, de conformidad con lo previsto por el artículo 17 bis de la Ley General de Salud y 3,fracciones I, VII y X del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
I.3El Dr. Alejandro Ernesto Svarch Pérez, fue designado Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios,mediante nombramiento de fecha 17 de febrero de 2021, expedido por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Lic.Andrés Manuel López Obrador, y tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, deconformidad con lo previsto en los artículos 2, inciso C, fracción X, 36 y 38, fracción V del Reglamento Interior de laSecretaría de Salud; 10, fracciones XVI y XVII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra RiesgosSanitarios.
I.4La Lic. Anahi Guadalupe Orozco, Secretaria General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios,participa en la suscripción del presente Convenio Específico, en términos del artículo 19, fracción XV del Reglamento de laComisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
I.5Cuenta con la disponibilidad de recursos para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presenteinstrumento jurídico, en términos del oficio No. DGPyP-0073-2023, emitido por el Director General de Programación yPresupuesto de la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría de Salud, relacionado con el oficio número 801.1.-05, emitido por la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por el que se autoriza a favorde la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, un Acuerdo de Ministración de Recursos para quedicho órgano desconcentrado efectúe los procedimientos de contratación, transferencias a entidades federativas y pagos aproveedores de bienes y servicios, entre los que se contemplan los recursos a transferir con motivo del presente ConvenioEspecífico.
I.6Para todos los efectos jurídicos relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en calleOklahoma número 14, colonia Nápoles, demarcación territorial Benito Juárez, código postal 03810, en la Ciudad deMéxico.
II."LA ENTIDAD" declara que:
II.1El L.A.E. Luis Navarro García, fue designado por el Mtro. Alfredo Ramírez Bedolla, Gobernador Constitucional del Estadode Michoacán de Ocampo, mediante nombramiento de fecha 1 de octubre de 2021, Secretario de Finanzas yAdministración y, por tantotiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, deconformidad con lo dispuesto en los artículos 12, fracción I, 17, fracción II, y 19, fracción LII, de la Ley Orgánica de laAdministración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo.
II.2La Dra. Belinda Iturbide Díaz, fue designada por el Mtro. Alfredo Ramírez Bedolla, Gobernador Constitucional del Estadode Michoacán de Ocampo, mediante nombramiento de fecha 5 de octubre de 2023, respectivamente, Secretaria de Salud yDirectora General de Servicios de Salud y, por tantotiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente ConvenioEspecífico, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9, 11, 12, fracción I, 17, fracción XIII, 33, fracciones II, XIX yXXVII, y 37, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 4°,fracciones II, 21, inciso A) fracción VI, de la Ley de Salud del Estado de Michoacán...

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