Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y la Ciudad de México, para el Programa Tren Interurbano de Pasajeros Toluca-Valle de México.
Fecha de publicación | 28 Febrero 2023 |
Emisor | SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
CONVENIOde Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría deInfraestructura, Comunicaciones y Transportes y la Ciudad de México, para el Programa Tren Interurbano dePasajeros Toluca-Valle de México.Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.-Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNAPARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA,COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SICT", REPRESENTADAPOR SU TITULAR EL LICENCIADO JORGE NUÑO LARA, ASISTIDO DEL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA,INGENIERO JESÚS FELIPE VERDUGO LÓPEZ Y EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO FERROVIARIO YMULTIMODAL, MAESTRO EN INGENIERÍA MANUEL EDUARDO GÓMEZ PARRA, Y POR LA OTRA PARTE, ELGOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ, "LA ENTIDAD FEDERATIVA",REPRESENTADA POR LA DOCTORA CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, EN SU CARÁCTER DE JEFA DE GOBIERNO DELA CIUDAD DE MÉXICO, ASISTIDA POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, EL MAESTRO MARTÍ BATRESGUADARRAMA; LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, LA LICENCIADA LUZ ELENA GONZÁLEZESCOBAR, EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS, EL MAESTRO EN INGENIERÍA JESÚS ANTONIO ESTEVAMEDINA; EL DIRECTOR GENERAL DE OBRAS PARA EL TRANSPORTE, EL INGENIERO FRANCISCO JAVIER MUÑOZMARTÍN; EL SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA GENERAL, EL MAESTRO JUAN JOSÉ SERRANO MENDOZA, AQUIENES CUANDO INTERVENGAN CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DEANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundopárrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieransuscribir convenios de reasignación deberán apegarse al modelo de convenio emitido por laSecretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), asícomo obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.
II.La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) "B" de la SHCP, mediante oficioNo.312.A.- 0157 de fecha 19 de enero de 2023, emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria paraque "LA SICT" reasigne recursos a la "ENTIDAD FEDERATIVA" con cargo a su presupuestoautorizado.
DECLARACIONES
I. DECLARA "LA SICT"
1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria paracelebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de laAdministración Pública Federal.
2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir las políticas y programas parael desarrollo del transporte, así como de las comunicaciones, de acuerdo a las necesidades del país; construirlas vías férreas, patios y terminales de carácter federal para el establecimiento y explotación de ferrocarriles, yla vigilancia técnica de su funcionamiento y operación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de laLey Orgánica de la Administración Pública Federal.
3. Que su titular, el Lic. Jorge Nuño Lara, cuenta con las facultades suficientes y necesarias que lepermiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4o del ReglamentoInterior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio, señala como su domicilio elubicado en Avenida Insurgentes Sur número 1089, Colonia Nochebuena, Alcaldía Benito Juárez, CódigoPostal 03720, Ciudad de México.
II. De la "ENTIDAD FEDERATIVA"
1. Que en términos de los artículos 40, 43, 44 y 122 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, y 1, 28 y 68 de la Constitución Política de la Ciudad de México, es la sede de los Poderes de laUnión y capital de los Estados Unidos Mexicanos, parte integrante de la Federación.
2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través de la Jefa de Gobierno de la CiudaddeMéxico, quien se encuentra facultada para ello en términos de lo establecido en los artículos 32 de laConstitución Política de la Ciudad de México; 7 y 12 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y delaAdministración Pública de la Ciudad de México y demás disposiciones locales aplicables.
3. Que de conformidad con los artículos 13, 16 fracciones I, II, III y XIII, 18, 20 fracción XXII, 23, 26, 27, 28,38, 44 fracción I y 45 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad deMéxico; 7° fracción XIII, inciso A, numeral 3, artículos 22 y 208 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivoyde la Administración Pública de la Ciudad de México, este Convenio es también suscrito por los Secretariosde Gobierno, de Administración y Finanzas, de Contraloría General, de Obras y Servicios y el DirectorGeneralde Obras para el Transporte.
4. Que su prioridad para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento es la decoordinar la participación de los gobiernos Federal y Local, en materia de desarrollo integral de transporte,fomentando los proyectos de infraestructura del Programa: "Tren Interurbano de Pasajeros Toluca-ValledeMéxico".
5. Que, para todos los efectos legales relacionados con este Convenio, señala como su domicilio elubicado en Plaza de la Constitución Número 2, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06068,Ciudad de México.
En virtud de lo anterior y con fundamento en el artículo 90 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos; 22, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 de la Ley deAdquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y ServiciosRelacionados con las Mismas; 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 223,224, 225 y 226 de su Reglamento; 1, 4, 5, 19, 28, 32 y 68 de la Constitución Política de la Ciudad de México;13, 16 fracciones I, II, III y XIII, 18, 20 fracción XXII, 23, 26, 27, 28 y 38 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivoy de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7° fracción XIII, inciso A, numeral 3, artículos 22 y 208delReglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; así comoen el Segundo Transitorio de los "Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de losrecursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidadesFederativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos", publicados en elDiario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, y demás disposiciones jurídicas aplicables, las partescelebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte integrante del mismo, tienenpor objeto transferir recursos presupuestarios federales a la "ENTIDAD FEDERATIVA" para coordinar suparticipación con el Ejecutivo Federal en materia del Programa: "Tren Interurbano de Pasajeros Toluca-Vallede México"; reasignar a aquélla la ejecución de Programas federales; definir la aplicación que se dará a talesrecursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen la "ENTIDAD FEDERATIVA" y el EjecutivoFederal; y establecer los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.
Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal, a que se refiere la cláusula segunda del presenteConvenio, se aplicarán al Programa y hasta por el importe que a continuación se menciona:
Programa | IMPORTE |
"Tren Interurbano de Pasajeros Toluca-Valle de México", consistenteen la construcción del tramo ferroviario de doble vía con origen en la... |
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